INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER
Disposición 133/2024
DI-2024-133-APN-INC#MS
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-93642486-APN-DA#INC, la Ley Nº 27.285, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre del 2010 (B.O. 10-09-2010), la Decisión Administrativa N° 23 del 18 de enero de 2019 (B.O. 21-1-2019), la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 508 de fecha 3 de mayo de 2011 (B.O. 10-05-2011), la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER N° 120 del 30 de septiembre de 2024 (B.O. 2-10-2024), y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 27.285 se otorga al INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, creado por el Decreto N°1286/2010, el carácter de organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional con personería jurídica propia, y con un régimen de autarquía funcional, administrativa, económica y financiera, en jurisdiccióndel MINISTERIO DE SALUD. Asimismo, por su artículo 2° se fijaron los objetivos principales del Instituto, entre ellos los de promover un modelo de atención integral y continua de la población en lo concerniente a las enfermedades tumorales que comprenda la prevención, el tratamiento oncológico y los cuidados paliativos y dedesarrollar una estrategia de capacitación de recursos humanos en todos los niveles de atención a fin de mejorar la calidad de la asistencia de las personas en términos de prevención, detección, diagnóstico y tratamiento integral del cáncer.-
Que, en relación con la responsabilidad primaria propia de la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC), la Decisión Administrativa Nº 23/2019 (DA-2019-23-APN-JGM) prevé que dicha unidad organizativa es responsable de gestionar las acciones vinculadas al desarrollo y difusión de la información, estadísticas, investigación y conocimiento del cáncer; así como las acciones referidas a vigilancia epidemiológica, planes de formación de recursos humanos y articulación con organizaciones del ámbito gubernamental vinculadas al control del cáncer, teniendo entre sus acciones las dedesarrollar líneas y prioridades de investigación mediante metodologías validadas en el Instituto y estrategias de formación de recursos humanos y de desarrollar mecanismos de articulación y líneas de colaboración entre las dependencias gubernamentales, nacionales y provinciales relacionadas con el control del cáncer y actores del ámbito público y privado, del orden nacional e internacional.-
Que, mediante el dictado de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 508/2011 se creó el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER en el ámbito del INSTITUTO NACIONALDEL CÁNCER, con el objeto de intervenir en el proceso de formación de recursos humanos en las distintas áreas de la oncología, y contribuir a la disminución de la mortalidad por cáncer en la República Argentina.-
Que, en el marco del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER se instrumenta, desde el año 2011, la “Convocatoria a Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer”, de acuerdo con las áreas de formación delineadas por el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.-
Que, mediante la Disposición INC N° 120/2024 (DI-2024-120-APN-INC#MS) se aprobaron las Bases y condiciones, las áreas decapacitación oncológicas y lineamientos generales de la “CONVOCATORIA A BECAS DE CAPACITACIÓNDE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER. SEGUNDA EDICIÓN - AÑO 2024”, enmarcada en el referido PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER.-
Que, en dicho marco, tal como se estableció en las Bases y Condiciones de la referida Convocatoria (Anexo I N° DI-2024-106327368-APN-DSIYGC#INC a la Disposición INC N° 120/2024), el domingo 13 de octubre de 2024, a las 23:59 horas, finalizó el proceso de postulación a las becas de capacitación.-
Que el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER certificó que se computaron QUINCE (15) formularios de inscripción válidos, acompañados de postulaciones completas de acuerdo con la documentación solicitada en las Bases y Condiciones (Anexo IN° DI-2024-106327368-APN-DSIYGC#INC a la Disposición INC N° 120/2024), que en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento que rige el llamado, se llevó a cabo el proceso de evaluación estipulado con el objeto de seleccionar a los becarios que se ajusten a los requisitos profesionales y académicos preestablecidos y que con la finalidad de realizar el proceso de evaluación y selección de los postulantes, se conformó una Comisión Evaluadora designada ad hoc por la DIRECCIÓN NACIONAL del Instituto, quienes evaluaron las postulaciones y conformaron el orden de mérito para la adjudicación de las becas en cada línea y especialidad.-
Que la Comisión Evaluadora estuvo constituida por la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO, la DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN, DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO y por un miembro de cada una de las siguientes Áreas y Programas del Instituto: ÁREA DE SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y REPORTE DEL CÁNCER (SIVER-Ca), ÁREA DE ONCOLOGÍA, PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y DETECCIÓN TEMPRANA DEL CÁNCER COLORRECTAL, PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CÁNCER DE MAMA, PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN DE CÁNCER CERVICOUTERINO, PROGRAMA NACIONAL DE CUIDADO INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE CON CÁNCER y PROGRAMA NACIONAL DE CUIDADOS PALIATIVOS, bajo la supervisión del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER.-
Que, en consecuencia, finalizada la etapa evaluación se elaboró el Acta de Evaluación y Adjudicación con los dictámenes elaborados por línea y especialidad, con base en el puntaje otorgado a cada postulación, que conformó el consiguiente listado de ordende mérito (IF-2024-113747762-APN-DSIYGC#INC).-
Que, conforme los antecedentes obrantes en las actuaciones individualizadas en el Visto, corresponde dictar el acto administrativo de adjudicación por el cual se otorguen QUINCE (15) becas de capacitación en OCHO (8) especialidades oncológicas, con una duración de UNO (1) a DOCE (12) meses, de conformidad con los recaudos y previsiones establecidos en las Bases y Condiciones que rigen al llamado (Anexo I N° DI-2024-106327368-APN-DSIYGC#INC a la Disposición INC N° 120/2024).-
Que la presente medida ha sido propiciada por el PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER.-
Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO ha tomado la intervención de su competencia y ha prestado conformidad a la presente medida.-
Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER ha tomado la intervención de su competencia.-
Que, se actúa en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1286/2010 y la Ley Nº 27.285.-
Por ello,
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDICAR las Becas de Capacitación en el marco de la “CONVOCATORIA A BECAS DE CAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER. SEGUNDA EDICIÓN - AÑO 2024” instrumentada por Disposición INC N° 120/2024 (DI-2024-120-APN-INC#MS), de acuerdo con el Listado de Adjudicación en cada línea y especialidad que surge del Anexo I (IF-2024-113747762-APN-DSIYGC#INC) que forma parte integrante de la presente Disposición.-
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que los becarios adjudicados deberán dar estricto cumplimiento al programa decapacitación en cada especialidad y a todos los lineamientos que surgen del Anexo I “Bases y Condiciones” (DI-2024-106327368-APN-DSIYGC#INC) de la Disposición INC N°120/2024 (DI-2024-120-APN-INC#MS), de acuerdo con líneas y especialidades oncológicas detalladas en la presente Convocatoria.-
ARTÍCULO 3º.- Aprobar los MODELOS DE CONVENIO de vinculación que deberá ser suscripto entre los becarios adjudicados y el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, que como Anexo II (IF-2024-113722160-APN-DSIYGC#INC) forma parte integrante de la presente Disposición.-
ARTÍCULO 4º.- Déjase establecido que el otorgamiento efectivo de la “CONVOCATORIA A BECAS DECAPACITACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN CÁNCER. SEGUNDA EDICIÓN - AÑO 2024” estará sujeto a la suscripción de los respectivos convenios entre los becarios adjudicados y el INSTITUTO NACIONAL DELCÁNCER.-
ARTÍCULO 5º.- El cumplimiento de la presente instancia de adjudicación no conlleva gasto presupuestario alguno por parte del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, más allá de los ya contemplados en la instrumentación de la presente Convocatoria destinados al pago del estipendio mensual a cada becario adjudicado.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.-
Veronica Pesce
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/10/2024 N° 76275/24 v. 28/10/2024
Fecha de publicación 28/10/2024