SERVICIO EXTERIOR
Decreto 957/2024
DECTO-2024-957-APN-PTE - Desígnase Representante Permanente de la República ante las Naciones Unidas.
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-115284664-APN-DGRRHH#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 115 del 28 de diciembre de 2023, 99 del 30 de enero de 2024 y la Resolución del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO N° 150 del 25 de abril de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto N° 115/23 se convocó, entre otros, al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario (J) Ricardo Ernesto LAGORIO, de conformidad con el artículo 21, inciso s) de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.
Que por el Decreto N° 99/24 se designó Representante Permanente de la República ante las NACIONES UNIDAS al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Ricardo Ernesto LAGORIO.
Que, en esta instancia, resulta pertinente dar por terminada la convocatoria al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación del funcionario mencionado.
Que por el artículo 1° de la Resolución del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO N° 150/24 se trasladó desde la Embajada de la República ante el ESTADO DE ISRAEL a la Embajada de la República en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Francisco Fabián TROPEPI.
Que por las presentes actuaciones se propone la designación como Representante Permanente de la REPÚBLICA ARGENTINA ante las NACIONES UNIDAS del señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Francisco Fabián TROPEPI.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, los funcionarios de las categorías B) y C) podrán ser acreditados temporalmente como Jefe de Misión, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Representación Permanente de la República ante las NACIONES UNIDAS al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Ricardo Ernesto LAGORIO (D.N.I. N° 11.451.807).
ARTÍCULO 2º.- Trasládase desde la Embajada de la República en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a la Representación Permanente de la República ante las NACIONES UNIDAS al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Francisco Fabián TROPEPI (D.N.I. N° 24.267.702).
ARTÍCULO 3º.- Desígnase Representante Permanente de la República ante las NACIONES UNIDAS al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Francisco Fabián TROPEPI (D.N.I. N° 24.267.702).
ARTÍCULO 4º.- Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 5º.- Dase término a la convocatoria al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Ricardo Ernesto LAGORIO (D.N.I. N° 11.451.807) a partir del día siguiente a su llegada a la República.
ARTÍCULO 6º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Diana Mondino
e. 28/10/2024 N° 76471/24 v. 28/10/2024
Fecha de publicación 28/10/2024