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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 927/2024

DECTO-2024-927-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Belice.

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-97365166-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y el Decreto N° 222 del 5 de marzo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto N° 222/24 se trasladó desde el Consulado General de la República en la Ciudad de México, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a la Embajada de la República en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS a la señora Ministro Plenipotenciario de Primera Clase María Gabriela QUINTEROS y se la designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado.

Que el Gobierno de BELICE concedió el plácet de estilo para la designación de la citada funcionaria como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el citado país.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en BELICE a la señora Embajador Extraordinario y Plenipotenciario María Gabriela QUINTEROS (D.N.I. N° 16.937.682), sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Diana Mondino

e. 21/10/2024 N° 74370/24 v. 21/10/2024

Fecha de publicación 21/10/2024