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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 741/2024

Resolución RESOL-2024-741-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1960

Expediente EX-2023-45767424-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 10 de OCTUBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica con el fin de otorgar del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) presentada por EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento del MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE de la Provincia de CATAMARCA consistente en: a) Ampliación de la Estación Transformadora (ET) Tinogasta, construcción, instalación y montaje de UN (1) nuevo campo de Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV salida a ET Fiambalá, provisión de equipos, materiales, conexionado, montaje, sistema de comunicaciones SCOM, telecontrol SOTR y Teleprotecciones; b) LAT 132 kV simple terna entre la actual ET Tinogasta y la futura ET Fiambalá, con una longitud aproximada de CINCUENTA KILÓMETROS (50 km) y; c) Construcción nueva ET Fiambalá 132/33/13,2 kV con DOS (2) transformadores de potencia de 60/30/30 MVA, DOS (2) reactores de neutro/servicios auxiliares y UN (1) campo de entrada de línea en 132 kV (completo), DOS (2) campos de transformación de línea en 132 kV (completos), DOS (2) celdas de entrada de transformación de 13,2 kV, UNA (1) celda de acoplamiento en 13,2 kV, CUATRO (4) celdas de salida en distribución de 13,2 kV, DOS (2) celdas de transformación de 33 kV, UNA (1) celda de acoplamiento en 33 kV, DOS (2) celdas de salida de distribución en 33 kV, provisión de equipos, materiales, conexionado, sistema de comunicaciones SCOM, Telecontrol SOTR y Teleprotecciones y SMEC; 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE; 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos; 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, se considerará otorgado el CCyNP, y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las partes; 5.- Hacer saber al solicitante que deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por TRANSNOA S.A., CAMMESA, el Departamento Ambiental y el Departamento de Seguridad Pública del ENRE, conforme indica la documentación obrante en las presentes actuaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI); 6.- El solicitante deberá gestionar los planos de mensura y las modificaciones necesarias para la constitución de la servidumbre administrativa de electroducto (SAE) e inscripción en el registro de la propiedad del inmueble, conforme a la Ley N° 19.552 y el artículo 83 de la Ley n° 24.065, constituyendo la SAE a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), responsable de realizar todas las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552; 7.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., al MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA y a CAMMESA; 8.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío Oscar Arrué.-.

Leandro Nicolas Palumbo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 15/10/2024 N° 72324/24 v. 15/10/2024

Fecha de publicación 15/10/2024