UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANÚS
Resolución 570/2024
Remedios de Escalada, 23/09/2024
VISTO, EXP- 2223 - 2024 - AME-DDME-SAJI de fecha 17 de septiembre de 2024, el estatuto de la Universidad Nacional de Lanús, el Reglamento Electoral aprobado por la Resolución del Consejo Superior Nº01/20 de fecha 20 de marzo de 2020, la Resolución del Consejo Superior RC- 175 - 2024 - UATACS-SAJI de fecha 11 de septiembre de 2024, y,
CONSIDERANDO:
Que, ante el próximo vencimiento de los mandatos de Directores de los Departamentos Académicos de Salud Comunitaria y Planificación y Políticas Publicas, de acuerdo a la última reforma del Estatuto de la UNLa y clausulas transitorias, asimismo el vencimiento de los mandatos de los Consejeros/as Superiores de los Claustros Docente, Nodocente, Estudiantes y Graduados/as, como así también de los miembros de los Consejos Departamentales de Salud Comunitaria y Planificación y Políticas Públicas, resulta necesario instrumentar el proceso electoral pertinente con la finalidad de su renovación;
Que, el proceso electoral aludido se debe realizar de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII - Régimen Electoral Artículo 65 del Estatuto y lo dispuesto por el Reglamento Electoral de esta Universidad vigente;
Que, de acuerdo con las normas citadas, corresponde al Sr. Rector efectuar la convocatoria correspondiente y determinar la sede donde habrán de desarrollarse los comicios, en concordancia con lo que al respecto determinan los artículos 4 a 7 del Reglamento Electoral aludido;
Que, asimismo, por Resolución del Consejo Superior RC- 175 - 2024 - UATACS- SAJI de fecha 11 de septiembre de 2024, se ha designado la Junta Electoral como integrantes titulares a: Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº7.594.714), Enrique Adolfo Deibe (DNI Nº10.462.295) y Mariana Peirano (DNI Nº28.081.192) y como integrantes suplentes a Mirta Fabris (DNI Nº4.934.302) y Fernando Patricio De Leone (DNI N° 26.363.778), del citado órgano;
Que, en virtud de lo expuesto corresponde Convocar a elecciones generales para los Claustros Docente, Nodocente, Estudiantes y Graduados de la Universidad Nacional de Lanús, de los representantes del Consejo Superior y los representantes de los consejos departamentales de los Departamentos Académicos de Salud Comunitaria y de Planificación y Políticas Públicas, de acuerdo a la última reforma del Estatuto de la UNLa y clausulas transitorias, las cuales se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, en acuerdo con el siguiente cronograma: para los Claustros Docente, Nodocente y Estudiantes, los días 13, 14 y 15 de noviembre de 2024, en el horario de 10:00 a 19:00 horas. Asimismo para el Claustro de Graduados de forma presencial los días 13 y 14 de noviembre de 2024 en el horario de 10:00 a 19:00 horas, y se habilitará la modalidad virtual el día 15 de noviembre en el mismo horario;
Que, asimismo, resulta necesario convocar a elecciones de un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo ´Productivo y Tecnológico, atento que han renunciado a sus cargos los representantes elegidos oportunamente, en este caso los representantes elegidos completarán el periodo del mandato pendiente de los cargos vacantes;
Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado debida intervención sin objeciones que formular, conforme consta en sus Dictámenes DICJ - 2024 - 987 - DAJ- SAJI y DICJ - 2024 - 1010 - DAJ-SAJI;
Que, es atributo de la Vicerrectora, en ausencia del Rector, normar sobre el particular, conforme lo establecido en el Artículo 44 incisos 3 y 5 y Artículo 45 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús y Artículo 6 de la RCS N°01/20;
Por ello,
LA VICERRECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Convocar a elecciones generales para los Claustros Docente, Nodocente, Estudiantes y Graduados de la Universidad Nacional de Lanús, para constituir los representantes del Consejo Superior y los representantes de los Consejos Departamentales de los Departamentos Académicos de Salud Comunitaria y de Planificación y Políticas Públicas, de acuerdo a la última reforma del Estatuto de la UNLa y clausulas transitorias, las elecciones se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, en acuerdo con el siguiente cronograma: para los Claustros Docente, Nodocente y Estudiantes, los días 13, 14 y 15 de noviembre de 2024, en el horario de 10:00 a 19:00 horas. Asimismo para el Claustro de Graduados de forma presencial los días 13 y 14 de noviembre de 2024 en el horario de 10:00 a 19:00 horas, y se habilitará la modalidad virtual el día 15 de noviembre en el mismo horario.
ARTICULO 2º: Los/as electores/as pertenecientes al Claustro Estudiantil habrán de elegir: cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) representantes suplentes a razón de uno/a por cada Departamento Académico para el Consejo Superior, dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Salud Comunitaria, dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Planificación y Políticas Publicas, dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo Productivo y Tecnológico, y dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Humanidades y Artes.
ARTICULO 3º: Los/as electores/as pertenecientes al Claustro Docente, habrán de elegir: ocho (8) representantes titulares y cinco (5) representantes suplentes para el Consejo Superior y cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Salud Comunitaria y cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Planificación y Políticas Públicas.
ARTICULO 4º: Los/as electores/as pertenecientes al Claustro de Nodocentes habrán de elegir: un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Superior, un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Salud Comunitaria y un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Planificación y Políticas Públicas.
ARTICULO 5º: Los/as electores/as pertenecientes al Claustro de Nodocentes habrán de elegir también: un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo Productivo y Tecnológico, atento a que han renunciado a sus cargos los representantes elegidos oportunamente y, en este caso los representantes elegidos completarán el periodo del mandato pendiente de los cargos vacantes.
ARTICULO 6º: Los/as electores/as pertenecientes al Claustro de Graduados habrán de elegir: un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente, para el Consejo Superior y un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente, para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Salud Comunitaria y un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Planificación y Políticas Públicas.
ARTICULO 7º: El cierre de los padrones provisorios se producirá el 30 de septiembre de 2024 y se exhibirán a partir del día 1° hasta el 5 de octubre de 2024. Dentro de las 24 horas hábiles posteriores al cierre podrán formularse por escrito, ante la Junta Electoral, los reclamos relativos a inclusiones u omisiones. En este mismo plazo deberán inscribirse los graduados en el padrón correspondiente a través de la página Web de la Unla, conforme lo dispone el artículo 65 inciso 12 del Estatuto de la UNLa. Los padrones definitivos se exhibirán a partir del 14 de octubre de 2024 y hasta la fecha de los comicios.
ARTICULO 8º: El cierre para la presentación de listas de candidatos/as se producirá el 24 de octubre de 2024 a las 17:00 horas, en el lugar designado para el funcionamiento de la Junta Electoral.
ARTICULO 9º: La Junta Electoral funcionará en las oficinas de la Secretaria de Asuntos Jurídicos e Institucionales, en la sede de Remedios de Escalada (Edificio Rectorado “José Hernández”), sito en la calle Pablo Nogués S/N, Lanús, Provincia de Buenos Aires, en días hábiles y en el horario de 13:00 a 17:00 hs. Asimismo, se podrán recibir comunicaciones en la siguiente dirección de correo electrónico: juntaelectoral@unla.edu.ar.
ARTICULO 10º: Deberá hacerse un solo escrutinio al finalizar ambas modalidades de votación, con lo que el viernes 15 de noviembre de 2024, luego del cierre de los comicios se procederá al recuento de la totalidad de los votos en paralelo con el escrutinio virtual.
ARTICULO 11º: La Junta Electoral estará integrada como miembros titulares: Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº7.594.714), Enrique Adolfo Deibe (DNI Nº10.462.295) y Mariana Peirano (DNI Nº28.081.192) y como integrantes suplentes a Mirta Fabris (DNI Nº4.934.302) y Fernando Patricio De Leone (DNI N°26.363.778), designados por la Resolución del Consejo Superior RC- 175 - 2024 - UATACS-SAJI.
ARTÍCULO 12º: Desígnese al Lic. Gustavo Souto como Fiscal General de las Elecciones en la Universidad Nacional de Lanús.
ARTICULO 13º: La presente Resolución es refrendada por el Secretario General y Jefe de Gabinete y el Secretario de Asuntos Jurídicos e Institucionales.
ARTICULO 14º: Se firma el presente documento mediante el Sistema Único Documental (SUDOCU), quedando determinada su vigencia a partir de la fecha de firma del último funcionario competente. Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Georgina Hernandez - Edgardo Guevara - Indalecio González Bergez - Melanie Aguero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/09/2024 N° 68052/24 v. 30/09/2024
Fecha de publicación 30/09/2024