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7 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 637/2024

Resolución RESOL-2024-637-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1957

Expediente EX-2024-45044660-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 16 de SEPTIEMBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente del Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico (PAH) Albardón, en relación al cual, por la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 223 de fecha 20 de agosto de 2024, se autorizó el ingreso de la firma SAP ENERGÍA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (SAP ENERGÍA S.A.S.) como Agente Generador del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para dicho PAH Albardón de SEIS COMO SETENTA Y DOS MEGAVATIOS (6,72 MW) de potencia nominal instalada, situado sobre el canal de riego Ingeniero Quiroga, en el Departamento de Albardón, Provincia de SAN JUAN, que se vinculará al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) a través de la Estación Transformadora (ET) Albardón, jurisdicción de ENERGÍA SAN JUAN SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERGÍA SAN JUAN S.A.), quien actuara en calidad de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos. Así también, se otorga un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados el día siguiente al de la última publicación efectuada, para que quien lo considere procedente presente, por escrito, ante el ENRE un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnicoeconómico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas, comunes entre varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el Acceso referido en el artículo 1, se procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de la página de Internet del ENRE, y se informará a las partes. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y ENERGÍA SAN JUAN S.A., conforme indican sus respectivas presentaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Notifíquese a SAP ENERGÍA S.A.S., CAMMESA y ENERGÍA SAN JUAN S.A. 7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 18/09/2024 N° 64288/24 v. 18/09/2024

Fecha de publicación 18/09/2024