FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
Resolución 55/2024
RESOL-2024-55-APN-PD#FNA
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2024
Visto el expediente EX-2024-87058326- -APN-CRRHH#FNA, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, prorrogada para el ejercicio 2024, mediante Decreto Nº 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y distribuida según la Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete de Ministros Nº 5 de fecha 11 de enero de 2024, los Decretos Nros. 2.098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de2017, 426 del 21 de julio de 2022 y sus modificatorios y complementarios y 455 del 24 de mayo de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete de Ministros Nº 827 de fecha 2 de octubre de 2019, se aprobó la estructura orgánica de primer y segundo nivel operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo autárquico en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que en el Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 se establece, entre otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la Presidencia de la Nación y las/los Secretarias/os de Gobierno, como así también los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales.
Que mediante la Resolución Presidencia FNA Nº 39 de fecha 19 de julio de 2024 se dieron por asignadas, ad referéndum del Directorio, a partir del 4 de mayo de 2024, con carácter transitorio, las funciones de Subgerente de Prestaciones no Reintegrables y Servicios Culturales en el ámbito de la GERENCIA DE PLANEAMIENTO y SERVICIOS CULTURALES del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, al Licenciado Santiago VALENTINO.
Que, a la fecha, se encuentra vacante el cargo de GERENTE DE PLANEAMIENTO Y SERVICIOS CULTURALES del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Nivel A, Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que, en esta instancia y dada la implicancia del cargo, resulta necesario asignar a partir del 14 de agosto de 2024, al agente de planta permanente Nivel A, Grado 5, Tramo Intermedio, Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), quien revista bajo el régimen de estabilidad, licenciado Santiago VALENTINO (D.N.I. 24.431.964), las funciones de GERENTE DE PLANEAMIENTO Y SERVICIOS CULTURALES en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, con carácter transitorio, situación que se encuentra comprendida en el Titulo X del citado Convenio.
Que por las razones expuestas, resulta necesario dar por limitada al 13de agosto de 2024, la asignación transitoria de funciones en el cargo de Subgerente de Prestaciones no Reintegrables y Servicios Culturales, dispuesta por la Resolución Presidencia FNA Nº 39/2024.
Que por el Decreto N° 88 de fecha 27 de diciembre de 2023 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 del Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que la presente asignación transitoria de funciones queda exceptuada de las restricciones establecidas en el artículo 1º del Decreto Nº 426/2022, conforme lo dispuesto en el inciso c) del artículo 2º de ese decreto.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 5º del Decreto Nº 355/2017, en el Decreto N° 455/2024 y de conformidad con el inciso c) del artículo 2º del Decreto Nº 426/2022.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por limitada, ad referéndum del Directorio, al 13 de agosto de 2024, la asignación transitoria de funciones del licenciado Santiago VALENTINO (D.N.I. N° 24.431.964) en el cargo de Subgerente de Prestaciones no Reintegrables y Servicios Culturales en el ámbito de la GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y SERVICIOS CULTURALES del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo autárquico en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, oportunamente dispuesta por la Resolución Presidencia FNA Nº 39/2024.
ARTICULO 2º.- Dase por asignadas, ad referéndum del Directorio, a partir del 14 de agosto de 2024 con carácter transitorio, las funciones de GERENTE DE PLANEAMIENTO y SERVICIOS CULTURALES del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo autárquico en la órbita de SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, al Licenciado Santiago VALENTINO DNI: 24.431.964, de la planta permanente, Nivel A, Grado 5, Tramo Intermedio, Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.).
Se autoriza el pago de la asignación básica del Nivel Escalafonario A y los adicionales por Grado y Tramo correspondientes a la situación de revista del Licenciado Santiago VALENTINO, y el Suplemento por la Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial mientras se encuentre vigente la asignación transitoria de funciones superiores que dio origen a la percepción.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado, se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto en los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.).
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para el ejercicio 2024 y siguientes.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Tulio Horacio Andreussi Guzmán
e. 27/08/2024 N° 56705/24 v. 27/08/2024
Fecha de publicación 27/08/2024