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30 de Abril de 2025

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Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA NEUQUÉN

Se hace saber que en la Actuación SIGEA Nº 19526-3-2022 que tramita ante esta ADUANA DE NEUQUEN que se ha dictado Resolución RESOL-2024-160-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI, cuyo articulado se transcribe: “ARTÍCULO 1º: INSTRUIR sumario contencioso en los términos de los arts. 1090 inc. c) del Código Aduanero y a los fines establecidos por el art. 1091 del mismo texto legal contra el Sr. GUTIERREZ GARCIA Manuel Patricio, D.N.I. N.º 92.249.870, con domicilio en (…) por la presunta comisión de la infracción tipificada en el art. 972 inciso a) del Código Aduanero en función de lo establecido por la Resolución N° 2623/09 (AFIP).; ARTÍCULO 2º: ARCHIVAR PROVISORIAMENTE las presentes actuaciones en los términos de la Instrucción General IG-2023-2-E-AFIP-DGADUA notificando al Sr. GUTIERREZ GARCIA Manuel Patricio, D.N.I. N.º 92.249.870, que el presente archivo tiene carácter temporal atento que en el supuesto de haber remitido una o varias actuaciones al archivo de manera provisoria y, luego, se reciba otra denuncia con identidad de sujeto y tipo infraccional, de manera tal que entre ambas superen el monto contemplado en la presente, se procederá al desarchivo de la primera para continuar con el trámite de las actuaciones.; ARTÍCULO 3º: Por Sección Inspección Operativa proceder a CANCELAR de oficio en Sistema ENYSA el Formulario N.º 2020-075-11103.; ARTÍCULO 4º: NOTIFÍQUESE.“.

Rosario Casajus, Administradora de Aduana.

e. 01/08/2024 N° 49774/24 v. 01/08/2024

Fecha de publicación 01/08/2024