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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 8067/2024

18/07/2024

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: LISOL 1-1067. Capitales mínimos de las entidades financieras. Capital mínimo por riesgo de crédito. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:

“1. Sustituir, con vigencia a partir del 01/01/25, la “Sección 2. Capital mínimo por riesgo de crédito” de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras” por las disposiciones contenidas en el Anexo a la presente comunicación.

2. Disponer que desde el 01/01/25 y hasta el 31/12/25 las entidades financieras clasificadas en el grupo 2 según el Anexo a la presente comunicación que al 01/01/25 pertenezcan a los grupos “B” y “C” –en función de lo establecido en la Sección 4. de las normas sobre “Autoridades de entidades financieras”–, deberán convertir los “compromisos pasibles de ser cancelados discrecional y unilateralmente por la entidad financiera, o que se cancelen automáticamente en caso de deterioro de la solvencia del deudor” en equivalentes crediticios mediante la aplicación de los factores de conversión crediticia (CCF) de acuerdo con el siguiente cronograma:

Período CCF

01/01/25 al 30/06/25 0 %

01/07/25 al 31/12/2 5 % ”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 22/07/2024 N° 47238/24 v. 22/07/2024

Fecha de publicación 22/07/2024