BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8058/2024
04/07/2024
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-1061, OPRAC 1-1248. Financiamiento al sector público no financiero. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“- Disponer que la exclusión establecida en el punto 9.3. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” comprende también la adquisición en el mercado secundario de las “Letras del Tesoro Nacional Capitalizables en pesos” (LECAP) con el límite allí previsto.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 08/07/2024 N° 43854/24 v. 08/07/2024
Fecha de publicación 08/07/2024