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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

Disposición 45/2024

DI-2024-45-APN-INC#MS

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2024

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-47763560-APN-DA#INC, las leyes N° 27.285, N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos N° 2098 del 3 de Diciembre de 2008 y sus modificatorias y complementarias, N° 1035 del 8 de noviembre de 2018, N° 858 del 16 de diciembre de 2021, Nº 426 del 21 de julio de 2022, N° 284 del 27 de marzo de 2024, N° 88 del 26 de diciembre de 2023 y N° 10 del 3 de enero de 2024; las Decisiones Administrativas N° 23 del 18 de enero de 2019, N° 1246 del 14 de diciembre de 2022 y N° 5 del 11 de enero de 2024; la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 53 del 27 de mayo de 2021; la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER Nº 156 del 15 agosto de 2023 y

CONSIDERANDO

Que por Ley N° 27.285 se otorga al INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC), creado por el Decreto N° 1286/2010, el carácter de organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional con personería jurídica propia y con un régimen de autarquía funcional, administrativa, económica y financiera, en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa N° 23/2019 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD conforme lo establecido por el Decreto N° 10/2024.

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 1035/2018 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que posteriormente, por el Decreto N° 328/2020 se autorizó a los Ministros, a los Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados -que incluye al Instituto-, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/2020 y sus modificatorios; a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, no pudiendo las mismas exceder el término de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que, al vencerse el plazo de la emergencia pública en materia sanitaria estipulada por el Decreto supra citado, permanece en vigencia lo establecido por su similar Nº 1035/2018.

Que por el Decreto N° 426/2022, prorrogado por su similar N° 284/2024 hasta el 30 de junio de 2024, se estableció en su Artículo 1° que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.

Que en el Artículo 2° inciso d) del mentado Decreto N° 426/2022, se dispusieron las excepciones a lo previsto en el Artículo 1°, quedando exceptuadas las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1246/2022 se dispuso la designación transitoria del licenciado Ariel Matías GABETTA (DNI 28.737.209) en el cargo Director de Administración del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC), organismo descentralizado actuante entonces en la órbita de la ex SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, a partir del 17 de noviembre de 2022 y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles y, mediante la Disposición INC N° 156/2023 se prorrogó dicha designación a partir del 16 de agosto de 2023 por el término de ciento ochenta días (180) hábiles contados a partir de dicha fecha.

Que no habiendo operado la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado de la Decisión Administrativa N° 1246/2022 y de la Disposición INC N°156/2023, una nueva prórroga de dicha designación en las mismas condiciones de la última prórroga efectuada resulta necesaria para garantizar el adecuado funcionamiento de este INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC).

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 27 de mayo de 2021.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le competen en virtud de las indicaciones impartidas por NO-2023- 154467883-APN-JGM del 29 de diciembre de 2023.

Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.285, por el artículo 3° del Decreto N° 1035/2018 y por su similar N° 858/2021.

Por ello,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER

DISPONE

ARTICULO 1º.- Dase por prorrogado, a partir del 15 de mayo de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por la Decisión Administrativa N° 1246 del 14 de diciembre de 2022 que fuera prorrogada en último término por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER Nº 156 del 15 de agosto de 2023; del licenciado Ariel Matías GABETTA (DNI N° 28.737.209) en el cargo de Director de Administración del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTICULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 15 de mayo de 2024..

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Entidad 915 - INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese y notifíquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida. -

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-

Veronica Pesce

e. 27/05/2024 N° 32570/24 v. 27/05/2024

Fecha de publicación 27/05/2024