INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 14/2024
RESOL-2024-14-APN-INCAA#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-22172310-APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Ley N° 25.164, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 1032 de fecha 03 de agosto de 2009, N° 426 de fecha 21 de julio de 2022 y sus modificatorios y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) prevé entre las acciones del INSTITUTO aquellas tendientes a formular y ejecutar las medidas de fomento necesarias para desarrollar la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales.
Que a fin de cumplir de una forma eficaz y eficiente los objetivos establecidos por la citada Ley resulta necesario llevar a cabo un reordenamiento del Organismo en sus diversos aspectos.
Que este reordenamiento debe enmarcase en la reforma general del Estado impulsada desde el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que conforme el actual organigrama del Estado, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal conforme Decreto N° 1536/2002, funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA dependiente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 1536/2002 establece que “El Presidente del Instituto determinará la planta de personal, su distribución y asignación de funciones. Asimismo, podrá asignar las dotaciones que estime correspondan a las distintas unidades del organismo, de conformidad con la estructura que establezca.”
Que a fin de dar inicio al proceso de reorganización y reestructuración del INCAA, resulta necesario designar al correspondiente personal de gabinete.
Que dichos expertos cumplirán funciones en la Presidencia del Organismo, como asesores en materia jurídica, organizacional y de administración.
Que el artículo 10° del Anexo aprobado por la Ley Marco de Empleo Público Nacional N° 25.164 regula el régimen designación y prestación de servicios del personal de gabinete, para el cumplimiento de funciones de asesoramiento, o de asistencia administrativa.
Que conforme dicho artículo, este personal cesará en sus funciones simultáneamente con la autoridad cuyo gabinete integra y su designación podrá ser cancelada en cualquier momento.
Que el Decreto N° 426/2022, prorrogado por Decreto N° 77/2023, prevé entre sus excepciones, las designaciones de Personal de Gabinete, conforme inciso e. de su artículo 2°.
Que según lo expuesto, resulta necesario proceder a la designación de los Expertos María Laura ELLIFF, Rolando Alberto PEPPI y Carlos Marcelo VARGAS EGUINOA, quienes poseen la experiencia e idoneidad necesarias para llevar adelante las funciones de asesores en la órbita de la PRESIDENCIA del INCAA.
Que a estos efectos debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Que la GERENCIA GENERAL, la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Designar, a partir del 01 de marzo de 2024, a los agentes que se indican seguidamente en las funciones que se detallan:
-Abog. María Laura ELLIFF (DNI 17.721.906): “Asesora Experta en Normativa y Asuntos Jurídicos”, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 1 y Suplemento por Función Técnica Profesional, conforme Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA, homologado por Decreto N° 1032/2009.
-Lic. Carlos Marcelo VARGAS EGUINOA (DNI 17.556.892): “Asesor Experto en Organización Institucional”, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 1 y Suplemento por Función Técnica Profesional, conforme Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA, homologado por Decreto N° 1032/2009.
-Lic. Rolando Alberto PEPPI (DNI 12.813.756): “Asesor Experto en Administración”, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 8 y Suplemento por Función Técnica Profesional, conforme Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA, homologado por Decreto N° 1032/2009.
ARTÍCULO 2°.- Los funcionarios designados por el Artículo 1° cumplirán sus funciones en la órbita de la PRESIDENCIA del INSTITUTO, y se regirán por el régimen previsto en el Artículo 10° del Anexo aprobado por la Ley Marco de Regulación Empleo Público Nacional N° 25.164, y su Decreto Reglamentario.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 08/03/2024 N° 11763/24 v. 08/03/2024
Fecha de publicación 08/03/2024