BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7932/2023
28/12/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: CREFI 2-134. Expansión de entidades financieras. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“- Prorrogar hasta el 30.6.24 las disposiciones previstas en la Sección 11. de las normas sobre “Expansión de entidades financieras”, referidas a que las entidades financieras deberán contar con la previa conformidad del Banco Central de la República Argentina para proceder al traslado o cierre de sucursales.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 03/01/2024 N° 107035/23 v. 03/01/2024
Fecha de publicación 03/01/2024