MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1721/2023
RESOL-2023-1721-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2023
Visto el expediente EX-2023-102715090-APN-DGDA#MEC, la Ley de Ministerios - t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 25.164 y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los decretos 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021, 103 del 2 de marzo de 2022, y 426 del 21 de julio de 2022, la decisión administrativa 4 del 9 de enero de 2023, la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC), las resoluciones 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-180-APN-MEC) y 75 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio decreto 103 del 2 de marzo de 2022, se homologaron las Actas Acuerdo suscriptas el 26 de mayo de 2021 y el 26 de noviembre de 2021, entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).
Que, elaborada la propuesta, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC).
Que a través del artículo 2° de la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008 modificatorios y complementarios, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.
Que en el artículo 31 del anexo al decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se estableció que “...El personal que accediera a un nivel escalafonario superior de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior. A este efecto se considerará grado equivalente al resultante de: a) Acceso desde un nivel inmediato inferior: reconocer UN (1) grado del nivel superior, por cada grado alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende. b) Acceso desde dos niveles inferiores: reconocer UN (1) grado del nivel superior, por cada 1.33 grados alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende. c) En el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al grado que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en los incisos a) o b) del presente artículo”.
Que mediante la resolución 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-180-APN-MEC) se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, y se designaron a los integrantes del Comité de Valoración y a la Secretaria Técnica Administrativa.
Que mediante la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC) se incorporó el capítulo VI: “Ocupaciones comprendidas en el Agrupamiento Profesional o General para el personal que se desempeñe en puestos de la familia Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que mediante resolución 75 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el “Régimen para la Asignación del Suplemento por Función Específica para las Ocupaciones Comprendidas en el Agrupamiento Profesional o General para el personal que se desempeñe en puestos de Tecnología de la Información y las Comunicaciones”, aplicable a las funciones específicas incorporadas al Nomenclador de Funciones Específicas por la resolución citada en el considerando precedente.
Que, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido mediante el Acta N° 207 del 13 de febrero de 2023 respecto de la asignación de los suplementos por Agrupamiento, Función Específica y Capacitación Terciaria en el marco del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público (cf., IF-2023-19785915-APN-COPIC).
Que, en dicho marco, el Ministerio de Economía promueve el desarrollo de carrera de sus agentes de planta permanente bajo los lineamientos de la ley 25.164, fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la carrera administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión, formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo público, que sin duda redundan en la mejor gestión de esta jurisdicción.
Que por lo expuesto y en virtud de los antecedentes vinculados, procede la designación de las/los agentes que se detallan en el anexo I (IF-2023-124856237-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en el puesto, agrupamiento, nivel, grado y tramo, que allí se indican.
Que las/los agentes que se detallan en el anexo II (IF-2023-124855847-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, tienen asignada una función específica de carácter informático en los términos de la resolución conjunta 99 del 28 de junio de 1993 de la ex Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del ex Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, por lo que corresponde asignarles a las/los citados agente, a partir de la fecha de posesión de la nueva situación escalafonaria que se detalla en el anexo I (IF-2023-124856237-APN-DGRRHH#MEC), el Suplemento por Función Específica correspondiente a su función informática con la alícuota establecida en el Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la resolución 75/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM) e incorporado al citado nomenclador, a través de la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC) (cf., CE-2023-113310277-APN-DCYRL#MEC, CE-2023-113309633-APN-DCYRL#MEC y CE-2023-113309458-APN-DCYRL#MEC).
Que los integrantes del Comité de Valoración han actuado en un todo de acuerdo con la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM).
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del decreto 355 del 22 de mayo de 2017, en la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), y de conformidad con el artículo 2° del decreto 426 del 21 de julio de 2022.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnanse, a partir del dictado de esta medida, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), a las/los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo I (IF-2023-124856237-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida en el puesto, agrupamiento, nivel, tramo y grados adecuados, según corresponda, en los términos del artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, conforme allí se consignan.
ARTÍCULO 2°.- Asígnase, a partir de la fecha de posesión de la nueva situación escalafonaria que se detalla en el anexo I (IF-2023-124856237-APN-DGRRHH#MEC), a las/los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo II (IF-2023-124855847-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, el Suplemento por Función Específica correspondiente a la función informática y con la alícuota establecida en el Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, incorporado por la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC). Dicho suplemento será percibido a partir del primer día del mes siguiente de la aprobación de esta resolución, conforme lo establecido en el artículo 8° del anexo I de la resolución 75 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM).
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Economía para el ejercicio 2023.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/12/2023 N° 100427/23 v. 07/12/2023
Fecha de publicación 07/12/2023