MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 27/2023
DI-2023-27-APN-SSCRYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2023
VISTO el expediente N° EX-2023-132346957- -APN-DNCSSYRS#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 17.132 y la Ley N° 23.277 y N° 23.873, el Decreto N° 905/1995, y las Resoluciones MS N° 2340/15 y N° 2282/2022 y,
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de Recursos Humanos en Salud.
Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un profesional debe cumplir para anunciarse como especialista en una especialidad determinada.
Que la Ley N° 23.277 regula el ejercicio profesional de la Psicología y determina que el control del ejercicio de la profesión y el gobierno de la matrícula respectiva será realizado en el ámbito de este ministerio.
Que la Resolución MS N° 2340/2015 aprueba la especialidad Psicología Clínica como especialidad de la profesión de psicología, sin perjuicio de la determinación de nuevas especialidades a través del mecanismo instituido por la Resolución Ministerial N° 1105 de fecha 27 de julio de 2006.
Que la Resolución MS N° 2282/2022 determina las modalidades para la certificación de las especialidades de la psicología.
Que la ASOCIACIÓN DE PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DE BUENOS AIRES (APBA) ha solicitado el reconocimiento como entidad certificante para la especialidad de PSICOLOGÍA CLÍNICA.
Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece los requisitos que deben cumplir las entidades científicas para el otorgamiento de dicho reconocimiento.
Que la ASOCIACIÓN DE PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DE BUENOS AIRES (APBA) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.
Que las modalidades de certificación que ha informado la ASOCIACIÓN DE PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DE BUENOS AIRES (APBA) están en concordancia con lo establecido por la Ley 17.132, leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS han tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS 1448-E/2016.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Reconócese a la ASOCIACION DE PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DE BUENOS AIRES (APBA) como entidad científica certificante de la especialidad médica de PSICOLOGÍA CLÍNICA.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para anunciarse como especialistas en PSICOLOGÍA CLÍNICA a los profesionales que presenten una certificación de la especialidad extendida por la ASOCIACIÓN DE PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DE BUENOS AIRES (APBA) en los términos que su reglamentación interna lo contempla.
ARTÍCULO 3°.- Todo cambio en los mecanismos de Certificación de las especialidades de PSICOLOGÍA CLÍNICA por parte de la ASOCIACIÓN DE PSICÓLOGAS y PSICÓLOGOS DE BUENOS AIRES (APBA) deberá ser previamente autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la revocación del presente reconocimiento.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Antonio Ortiz
e. 06/12/2023 N° 99692/23 v. 06/12/2023
Fecha de publicación 06/12/2023