ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA SANTA FE
La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANA comunica mediante el presente por un (1) día, que respecto a las mercaderías secuestradas en las actuaciones abajo detalladas la ADUANA DE SANTA FE ha resuelto otorgarle trámite previsto en el art. 417 y ccdtes del C.A. En este sentido y para los casos en los cuales la mercadería no resultó ser destinada (ley 25.603/22415), será considerada abandonada la mercadería a favor del Estado en los términos del art. 421 C.A., si transcurre el plazo legal de 30 días corridos sin que hubiese existido una destinación autorizada (art 2 Ley 25.603). Los interesados deberán presentarse ante la Dv. Aduana de Santa Fe sita en calle Rivadavia Nro. 2622 de la ciudad de Santa Fe, en el plazo indicado.
| Fecha procedimieto | Nro. Actuación | Nro. Resolución | Mercadería |
| 27/04/22 | 17481-186-2022 | 457/2023 | Cocaina |
Fdo. Ing Carlos Aleberto Ronchi, Administrador Dv. Aduana de Santa Fe
Carlos Alberto Ronchi, Administrador de Aduana.
e. 17/10/2023 N° 82847/23 v. 17/10/2023
Fecha de publicación 17/10/2023