MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 783/2023
DECAD-2023-783-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0082-CDI23.
Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-75701781-APN-JEMA#ARA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0082-CDI23 sustanciada con el objeto de contratar el servicio de recuperación, modernización e incorporación de equipos en sistemas y subsistemas del Rompehielos A.R.A. “ALMIRANTE IRIZAR” de la ARMADA ARGENTINA.
Que la Contratación Directa referida precedentemente encuadra en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 8 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1023/01, y de los artículos 14 y 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.
Que con fecha 21 de julio de 2023 se suscribió el Contrato Interadministrativo entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I y N. (TANDANOR S.A.C.l. y N.) para brindar el servicio precitado, “ad referendum” de su aprobación por el Jefe de Gabinete de Ministros, por un importe de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON 80/100 ($334.397.611,80) en concepto de mano de obra y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 56/100 (USD 3.332.866,56) en concepto de materiales.
Que, en virtud de lo expresado precedentemente, corresponde aprobar la citada Contratación Directa Interadministrativa.
Que el área pertinente de la ARMADA ARGENTINA ha manifestado que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente para atender los gastos que emanen del contrato interadministrativo en cuestión.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección correspondiente a la Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0082-CDI23 sustanciada con el objeto de contratar el servicio de recuperación, modernización e incorporación de equipos en sistemas y subsistemas del Rompehielos A.R.A. “ALMIRANTE IRIZAR” de la ARMADA ARGENTINA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Contrato Interadministrativo (CONVE-2023-84372435-APN-EMGA#ARA) suscripto entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I y N. (TANDANOR S.A.C.I. y N.) (C.U.I.T. N° 30-50688559-7) con fecha 21 de julio de 2023 y sus ANEXOS I (IF-2023-84373847-APN-EMGA#ARA), II (IF-2023-84377654-APN-EMGA#ARA), III (IF-2023-84378467-APN-EMGA#ARA), IV (IF-2023-84379860-APN-EMGA#ARA) y V (IF-2023-84380700-APN-EMGA#ARA), que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/1-0082-CDI23 a la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I y N. (TANDANOR S.A.C.I. y N.) por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 56/100 (USD 3.332.866,56) en concepto de materiales y de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON 80/100 ($334.397.611,80) en concepto de mano de obra.
ARTÍCULO 4º.- Autorízase al SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la ARMADA ARGENTINA a emitir la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 5º.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la disminución, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad respecto de la Contratación Directa Interadministrativa que por el presente acto se adjudica, así como también a renegociar y suscribir cualquier otro acto relativo a la ejecución del contrato.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTÍCULO 7º.- La COMISIÓN DE RECEPCIÓN para el referido acto contractual estará integrada por los miembros mencionados en la cláusula quinta del Contrato Interadministrativo aprobado por el artículo 2° de la presente medida, debiendo dar cumplimiento al artículo 86 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, facultándose al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA a modificar sus miembros de resultar ello procedente por cuestiones operativas
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/09/2023 N° 77915/23 v. 27/09/2023
Fecha de publicación 27/09/2023