Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

Resolución 16/2023

RESOL-2023-16-APN-TTN#MOP

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2023

VISTO el Expediente Nro. EX-2022-134279609-APN-TTN#MOP, del Registro del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 22.520 y sus modificatorias y 21.626 (t.o. 2001) Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, las leyes Nros. 25.164 y Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, vigente conforme el artículo 27 de Ley N°24.156 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 415 del 30 de junio de 2021, 103 del 2 de marzo de 2022, 536 del 25 de agosto de 2022, la Decisión Administrativa Nº 4 del 9 de enero de 2023, las resoluciones Nros. 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y 61 de fecha 5 de agosto de 2022 del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio N° 103 del 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) suscripta el 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.).

Que por la cláusula tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 de la COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologada por Decreto N° 103 del 2 de marzo de 2022 se dispuesto sustituir la redacción de la cláusula tercera del acta acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021 homologada por el Decreto N° 415 del 30 de junio de 2021, por la siguiente “Por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el presente convenio colectivo de trabajo sectorial que reuniera los requisitos para el acceso a un Nivel Escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención, conforme al régimen de valoración para la promoción por evaluación y mérito que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C. El Estado Empleador podrá disponer el cambio de Nivel Escalafonario, mediante la conversión del cargo siempre que se contara con los respectivos créditos presupuestarios en cada jurisdicción u organismos descentralizado, según corresponda. En todos los casos, se valorará especialmente a quiénes hayan accedido a los Tramos más elevados…”.

Que, elaborada la propuesta, la citada COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022- 16064393-APN-COPIC).

Que a través del artículo 2° de la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53- APN-SGYEP#JGM) se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre del 2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que la unidad a cargo de las acciones de personal del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, mediante Nota Nº NO-2022-71306982-APN-TTN#MOP dirigida a la Dirección de Presupuesto y Evaluación de Gastos en Personal, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que mediante la Resolución Nº 61 de fecha 5 de agosto de 2022, del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (RESOL-2022-81298879-APN- TTN#MOP) que dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre del 2008, se designó a los y las integrantes del Comité de Valoración, y se designó al Secretario Técnico Administrativo.

Que conforme al Decreto 432 del 25 de julio del 2022 se homologó el Acta Acuerdo de fecha 1ero de junio de 2022 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la cual prevé en su Clausula Cuarta que “el personal permanente encasillado en el SINEP que revistara en el Nivel Escalafonario C del Agrupamiento General, que no reuniera el requisito de título del nivel de educación exigido de conformidad con el artículo 14 del referido Sectorial podrá postularse al Régimen de Valoración por Evaluación Mérito para la promoción de Nivel para dicho personal conforme la Resolución SGYEP N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante el sistema establecido en la cláusula tercera del Decreto N° 103 del 2 de marzo de 2022 al Nivel Escalafonario B del Agrupamiento General, siempre que la posesión del título del que se trate no sea exigida como habilitante por la normativa respectiva para cumplir la prestación laboral del cargo a ocupar”.

Que el agente MARSICO Luciano Malco CUIL 20-33785750-8 de la planta permanente de este organismo, quien revista actualmente en el Nivel C del Agrupamiento General, Grado 5, Tramo General del SINEP, se postuló de conformidad con el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para ascender al Nivel B del Agrupamiento General del SINEP.

Que en oportunidad de suscribir el formulario de certificación de cumplimiento de requisitos e identificación del puesto -FCCRH- la unidad a cargo de las acciones de personal considera que en caso de aprobarse la promoción vertical, MARSICO Luciano Malco CUIL 20-33785750-8 debe ser designado en el puesto “Asistente de Administración y Gestión de Personal” del Nomenclador de Puestos y Funciones del SINEP.

Que mediante el Acta Nº 3 de 16 de enero de 2023 (IF-2023-05836712-APN-TTN#MOP) el comité de valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito de esta jurisdicción se ha expedido respecto del cumplimiento de los requisitos del nivel y agrupamiento al que postulara el agente MARSICO Luciano Malco CUIL 20-33785750-8, concluyendo que a criterio del Comité el postulante cumple con los requisitos para acceder al NIVEL B del Agrupamiento General, en razón de que las funciones realizadas por el agente se condicen con el puesto al que se ha postulado.

Que por el Acta Nº 1 TTN de sesión especial (IF-2023-08526819-APN-TTN#MOP) de fecha 23 de enero de 2023, fue aprobada la promoción de nivel del citado agente por medio del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para el personal del SINEP.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN certifica que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, Entidad 612 - TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, dentro de los niveles asignados por la Ley Nº 27.701 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, la cual fue distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 del 9 de enero de 2023, para atender el gasto resultante de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN TÉCNICO LEGAL del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 3º inciso d) y 4º inciso c) de la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION, 4º del Anexo del Decreto Nº 536 de fecha 25 de agosto de 2022 y en la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM).

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Apruébese lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por la Resolución Nº 61 de fecha 5 de agosto de 2022 del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (RESOL-2022- 81298879-APN-TTN#MOP), respecto de la postulación del agente MARSICO Luciano Malco CUIL 20-33785750-8, quien reviste actualmente en la planta permanente de esta jurisdicción en un cargo Nivel C del Agrupamiento General, Grado 5, Tramo General del SINEP.

ARTÍCULO 2°.- Dese por promovido al Nivel escalafonario B del Agrupamiento General, Grado 5, Tramo General, al agente MARSICO Luciano Malco CUIL 20-33785750-8, en el puesto de “Asistente de Administración y Gestión de Personal” del Sistema Nacional de Empleo Público, instituido por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber al agente que deberá tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a la notificación de su promoción y que la situación de revista actualizada se hará efectiva a partir de la fecha de posesión de dicho cargo.

ARTICULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo en las partidas específicas conforme a los dispuesto por la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, la cual fue distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 del 9 de enero de 2023.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Eduardo Martín

e. 05/09/2023 N° 69603/23 v. 05/09/2023

Fecha de publicación 05/09/2023