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27 de Septiembre de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Resolución 208/2023

RESOL-2023-208-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-24082782-APN-DGD#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Carta de las NACIONES UNIDAS aprobada por la Ley N° 12.838, el Decreto N° 1521 del 1° de noviembre de 2004 y su modificatorio, las Resoluciones Nros. 543 del 26 de noviembre de 2015 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, 1970 del 26 de febrero de 2011, 2509 del 11 de febrero de 2020, 2526 del 5 de junio de 2020, 2571 del 16 de abril de 2021, 2578 del 3 de junio de 2021, 2635 del 3 de junio de 2022, 2644 del 13 de julio de 2022, todas del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° del Decreto N° 1521/04 y su modificatorio, establece que las Resoluciones del CONSEJO DE SEGURIDAD que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las NACIONES UNIDAS que decidan medidas obligatorias para los Estados Miembros, que no impliquen el uso de la fuerza armada, y conlleven sanciones, así como las modificaciones y la terminación de éstas, serán dadas a conocer por este Ministerio, a través de Resoluciones a publicarse en el Boletín Oficial.

Que asimismo, el Artículo 2° del Decreto citado en el considerando precedente establece que en aquellos casos en que el CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS o sus órganos subsidiarios identifiquen personas o entidades sujetas al régimen de sanciones previstas en las Resoluciones mencionadas en el Artículo 1° de dicho Decreto, este Ministerio, o a quien este designe al efecto, dará a conocer los listados consolidados y sus eventuales actualizaciones, a través de su sitio web oficial y de publicaciones en el Boletín Oficial.

Que mediante la Resolución N° 1970 del 26 de febrero de 2011 del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS se estableció el régimen de sanciones relativo a Libia.

Que mediante las Resoluciones Nros. 2509 del 11 de febrero de 2020, 2526 del 5 de junio de 2020, 2571 del 16 de abril de 2021, 2578 del 3 de junio de 2021, 2635 del 3 de junio de 2022 y 2644 del 13 de julio de 2022, todas del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS, se decidió prorrogar el régimen de sanciones relativo a Libia.

Que la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES ha tomado la intervención en el ámbito de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR de este Ministerio, ha intervenido en el marco de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 1521 del 1° de noviembre de 2004 y su modificatorio.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Danse a conocer las Resoluciones Nros. 2509 del 11 de febrero de 2020, 2526 del 5 de junio de 2020, 2571 del 16 de abril de 2021, 2578 del 3 de junio de 2021, 2635 del 3 de junio de 2022 y 2644 del 13 de julio de 2022, todas del CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS, referidas al régimen de sanciones relativo a Libia, las que como Anexos registrados en el Informe N° IF-2022-122886964-APN-DOIN#MRE, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Los listados de personas y entidades sujetas al régimen de sanciones serán publicadas por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 2° del Decreto N° 1521/04 y su modificatorio, y comunicados a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL por la Dirección de Organismos Internacionales, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1° de la Resolución N° 543/15 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/08/2023 N° 64251/23 v. 17/08/2023

Fecha de publicación 17/08/2023