ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA PARANÁ
La DIVISION ADUANA DE PARANA, en los términos del inciso h) del artículo 1013º del Código Aduanero, NOTIFICA a los imputados detallados seguidamente que, en el marco de los sumarios contenciosos aduaneros referenciados en el cuadro, que tramitan por ante esta División Aduana de Paraná, se ha dictado Resolución Definitiva (FALLO) CONDENA, haciéndose saber que, además del comiso de la mercadería secuestrada, el importe de la multa impuesta asciende al importe consignado en la última columna del cuadro respecto a cada uno de los sumarios indicados, por infracción a los artículos del Código Aduanero allí señalados, el cual deberá efectivizarse en el perentorio término de quince (15) días hábiles bajo apercibimiento del artículo 1122 C.A.:
Nombre del imputado | DNI/CUIT/CUIL | Nº Sumario Contencioso | Infracción artículo C.A. | Nº Resolución | Importe de la multa |
PORTO LEMOS MARCELO | 20955958145 | 31-2021/6 | 987 | 222/2023 | $340.570,80 |
QUIROZ CARLOS JOSE | 20292446099 | 70-2019/3 | 987 | 223/2023 | $207.529,45 |
SANDRO RONALDO AGUILAR FLORES | 20954969615 | 70-2019/3 | 987 | 223/2023 | $207.529,45 |
WALDO NELSON AGUILAR FLORES | 20958782714 | 70-2019/3 | 987 | 223/2023 | $207.529,45 |
Las resoluciones referenciadas en el cuadro agotan la vía administrativa pudiendo interponer -cada imputado- apelación ante el Tribunal Fiscal o demanda contenciosa ante Juez competente (arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero) dentro del plazo de quince (15) días antes indicado, debiendo comunicar su presentación a esta Aduana de Paraná dentro del plazo indicado y por escrito, vencido el cual la resolución quedará firme y pasará en autoridad de cosa juzgada.
Roberto Mario Caccioppoli, Jefe de División.
e. 11/07/2023 N° 52675/23 v. 11/07/2023
Fecha de publicación 11/07/2023