SECRETARÍA GENERAL SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
Disposición 84/2023
DI-2023-84-APN-SSC#SGP
Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2023
VISTO el EX-2023-41750802- -APN-CGD#SGP del registro de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Delegado N° 1.023, de fecha 13 de agosto de 2001, el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por Decreto Nº 1.030, de fecha 15 de septiembre de 2016, ambos con sus normas modificatorias y complementarias, las Disposiciones Nros. DI-2016-62-E-APN-ONC#MM, DI-2016-63-E-APN-ONC#MM y DI-2016-65-E-APN-ONC#MM, todas ellas de fecha 27 de septiembre del 2016, de la Oficina Nacional de Contrataciones del ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN; con sus modificatorias y sus complementarias, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el VISTO, tramita la Licitación Pública Nacional de etapa única N° 23-0016-LPU23, el cual tiene por objeto la contratación del servicio mensual de mantenimiento integral (preventivo y correctivo con provisión de repuestos e insumos, no incluye papel) para CIENTO VEINTE (120) equipos multifunción propiedad de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el plazo de DOCE (12) meses, computados a partir de la fecha de notificación de la correspondiente Orden de Compra; reservándose, exclusivamente a favor de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la posibilidad de prorrogar la vigencia del contrato en iguales términos y condiciones, o fracción menor.
Que, por Disposición DI-2023-5-APN-DGTIT#SGP, de fecha 12 de mayo del año 2023, se autorizó el trámite de la presente licitación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, inciso a), apartado 1 del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado mediante Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios, y los artículos 13 y 27, inciso c) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.
Que, asimismo, el artículo segundo de la mencionada Disposición, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, registrado en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como PLIEG-2023-54312597-APN-DGTIT#SGP y todos sus Anexos.
Que, de conformidad con la normativa vigente, se efectuó la publicación del llamado en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Que se envió para su difusión el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a la Unión Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio y Servicios.
Que, se efectuó la difusión de la convocatoria en el portal COMPR.AR, y se cursaron las comunicaciones e invitaciones pertinentes, conforme lo dispuesto por el artículo 40 del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.
Que conforme el Acta de Apertura generada en forma electrónica y automática en el portal COMPR.AR, según constancia obrante en IF-2023-62973019-APN-CGD#SGP, llevada a cabo con fecha 1 de junio de 2023, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 del Anexo I a la Disposición ONC N° 65 – E/2016, participaron DOS (2) proveedores y se confirmó UNA (1) oferta correspondiente a la firma PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-68275747-3) habiéndose completado el Cuadro Comparativo de Ofertas, ingresado mediante IF-2023-62973249-APN-CGD#SGP.
Que mediante el artículo 4° de la DI-2023-5-APN-DGTIT#SGP, de fecha 12 de mayo del año 2023, fueron designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas para la presente Licitación.
Que, asimismo, la Comisión Evaluadora de Ofertas solicitó a la unidad requirente mediante ME-2023-64893656-APN-DCPYSU#SGP se expida respecto del cumplimiento de los requisitos técnicos y económicos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que, en relación a lo solicitado ut supra, la unidad requirente se expidió mediante informe técnico obrante en IF-2023-65438764-APN-DGTIT#SGP elevado a través de ME-2023-65444577-APN-DGTIT#SGP, respecto a los requisitos técnicos y la ponderación económica de la oferta presentada en el marco de las actuaciones.
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas requirió documentación complementaria al oferente mediante IF-2023-66630054-APN-DCPYSU#SGP los cuales fueron respondidos de manera favorable conforme RE-2023-68869847-APN-CGD#SGP.
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expidió mediante el dictamen de evaluación de ofertas ingresado a la plataforma COMPR.AR según constancia obrante IF-2023-68466353-APN-DCPYSU#SGP y a través del informe de firma conjunta conforme IF-2023-68398766-APN-DCPYSU#SGP, ambos de fecha 14 de junio del año 2023, aconsejando adjudicar el único renglón de la presente Licitación, a la firma PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-68275747-3), atento su oferta resulta admisible, se ajusta técnicamente a lo requerido y cumple con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su precio resultar conveniente.
Que se difundió el Dictamen de Evaluación de Ofertas, en el sitio COMPR.AR, conforme al artículo 4 del Anexo I de la Disposición N° 65 de la Oficina Nacional de Contrataciones de fecha 27 de septiembre del 2016 según constancia obrante en IF-2023-71854585-APN-DCPYSU#SGP, no presentándose impugnaciones al mismo conforme historial de proceso del portal COMPR.AR obrante en IF-2023-71854785-APN-DCPYSU#SGP.
Que la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha certificado la existencia de crédito presupuestario.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios, y lo dispuesto por el artículo 9° primer párrafo, incisos d) y e) y su Anexo y séptimo párrafo y el artículo 75, tercer párrafo, del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto N° 1.030/16, con sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase el procedimiento de selección del contratista mediante la Licitación Pública Nacional de etapa única N° 23-0016-LPU23, el cual tiene por objeto la contratación del servicio mensual de mantenimiento integral (preventivo y correctivo con provisión de repuestos e insumos, no incluye papel) para CIENTO VEINTE (120) equipos multifunción propiedad de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el plazo de DOCE (12) meses, computados a partir de la fecha de notificación de la correspondiente Orden de Compra; reservándose, exclusivamente a favor de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la posibilidad de prorrogar la vigencia del contrato en iguales términos y condiciones, o fracción menor, conforme lo normado en el artículo 25, inciso a), apartado 1 del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado mediante Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios, y los artículos 13 y 27, inciso c) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 2°: Adjudícase el único renglón de la presente Licitación a favor de la firma PROINTEC SOLUCIONES DIGITALES S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-68275747-3) por la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 58.080.000,00) IVA incluido, por resultar su oferta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido y cumplir con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su precio resultar conveniente.
ARTÍCULO 3°: Delégase a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la facultad de suscribir la pertinente Orden de Compra y aplicar penalidades al adjudicatario conforme lo previsto en los artículos 75, tercer párrafo y 9°, séptimo párrafo del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 4°: El gasto total que demande el cumplimiento de la presente medida, se atenderá con cargo a los créditos de las partidas presupuestarias específicas del presente ejercicio de la JURISDICCIÓN 20.01-SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°: El presente Acto Administrativo es susceptible de ser impugnado mediante recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ (10) días hábiles y/o recurso jerárquico en el plazo de QUINCE (15) días hábiles, a contar ambos desde la notificación del presente, conforme lo previsto en los artículos 84, 89 y 90 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos” Decreto Nº 1759/72 (T.O 2017).
ARTÍCULO 6°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudia Alejandra Sosa
e. 03/07/2023 N° 49706/23 v. 03/07/2023
Fecha de publicación 03/07/2023