ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 474/2023
ACTA N° 1857
Expediente ENRE N° EX-2022-21118430-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 29 DE JUNIO DE 2023
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), a requerimiento de INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (INDUSTRIAS JUAN F SECCO S.A.), para la nueva Central Térmica a Biogás San Martin Norte III GC (CT SMN III GC) con un aporte de potencia a la red de 5 MW, vinculada a la Estación Transformadora (ET) Rotonda, en jurisdicción de EDENOR S.A. 2.- Las publicaciones ordenadas en el artículo 1 de esta resolución se realizarán mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de presentarse un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones que sean comunes a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados o presentación de proyecto alternativo al del solicitante, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo autorizando el Acceso referido en el artículo 1. 5.- Hacer saber a INDUSTRIAS JUAN F SECCO S.A. que deberá dar cumplimiento a las observaciones y requerimientos técnicos efectuados por EDENOR S.A. y CAMMESA, conforme lo indicado en sus respectivos informes, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 6.- Hacer saber a EDENOR S.A. que en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 558 de fecha 4 de noviembre de 2022- EDENOR S.A. deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 7.- Establecer, que una vez otorgada la habilitación comercial de la Ampliación de la CT SMN III GC, el responsable de las instalaciones deberá comunicarle a este organismo su puesta en servicio y dar cumplimiento a los requisitos de la Resolución ENRE Nº 558/2022. 8.- Hacer saber que las instalaciones involucradas, bajo jurisdicción de EDENOR S.A., deberán acatar la normativa vigente y cumplir con la Resolución ENRE Nº 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía pública). Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.
e. 03/07/2023 N° 49552/23 v. 03/07/2023
Fecha de publicación 03/07/2023