POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Decisión Administrativa 531/2023
DECAD-2023-531-APN-JGM - Dase por designado Director de Habilitación y Control de la Seguridad Privada Aeroportuaria.
Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-27878883-APN-DRH#PSA, las Leyes Nros. 26.102 y sus modificaciones y 27.701, los Decretos Nros. 145 del 22 de febrero de 2005 y su modificatoria, 1190 del 4 de septiembre de 2009, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatoria y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 1015 del 6 de septiembre de 2012 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por la Ley N° 26.102 se establecieron las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Aeroportuaria.
Que por el Decreto Nº 145/05 se transfirió orgánica y funcionalmente a la POLICÍA AERONÁUTICA NACIONAL, creada por la Ley Nº 21.521, del ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, constituyéndose en la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 1015/12 se aprobó la estructura orgánica y funcional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA organismo desconcentrado del citado Ministerio.
Que por el Decreto N° 1190/09 se aprobó el Régimen Profesional del Personal Civil de la citada fuerza de seguridad.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director o Directora de Habilitación y Control de la Seguridad Privada Aeroportuaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA PREVENTIVA de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.701 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1° de marzo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al doctor Leandro Nicolás MAZZA (D.N.I. N° 33.678.968) en el cargo de Director de Habilitación y Control de la Seguridad Privada Aeroportuaria de la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA PREVENTIVA de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE SEGURIDAD Cuadro A - Grado 0 del Régimen Profesional del Personal Civil de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, aprobado por el Decreto N° 1190/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Tarea Jerárquica y se efectúa la presente designación con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.701.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, en el Título II, Capítulo 1 y en el Título III, Capítulo 4 del Anexo I del Decreto N° 1190/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de marzo de 2023.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 07 – POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Agustín Oscar Rossi - Aníbal Domingo Fernández
e. 03/07/2023 N° 49820/23 v. 03/07/2023
Fecha de publicación 03/07/2023