Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COLÓN

EDICTO

“-----Se pone en conocimiento de las personas citadas al pie del presente, que en el marco de las Actuaciones que se indican, se ha dispuesto que de abandonar voluntariamente a favor del Estado Nacional la mercadería en presunta infracción al artículo 985 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), dentro del perentorio término de DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, se procederá al ARCHIVO DEFINITIVO de las mismas SIN REGISTRAR el ANTECEDENTE (conf. ap. “L” de la Instrucción General Nº 9/17 DGA.) En el supuesto de no ejercerse la opción prevista anteriormente, se ARCHIVARÁ DEFINITIVAMENTE la correspondiente Actuación, conforme lo normado en el Punto 6 del Ap. “D” y en los Ap. “E” y “H” de la Instrucción General citada. Asimismo se ha resuelto COMISAR Y DESTRUIR las mercaderías involucradas de acuerdo con lo establecido en la parte final del art. 6 de la Ley Nº 25.603-. Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón- Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-

Apellido y NombreDocumentoActuaciónResol. Nro.Fecha
Miriam Dalila ROLDÁNDNI 31.875.29912459-174-2019/22021-103-ADCOLO03/05/2021
Gustavo ANÍBAL GONZÁLEZDNI 27.574.81812459-131-20162021-169-ADCOLO14/06/2021
Antolina RAMÍREZ ULLÓNDNI 18.883.01617553-14-20202021-244-ADCOLO14/09/2021
Brenda E. AVARATEGUYDNI 43.933.85212459-175-2020/12021-242-ADCOLO14/09/2021
Lidia Griselda MARTÍNEZDNI 18.495.49512459-174-2019/62021-104-ADCOLO03/05/2021
Luis Eliseo DOS SANTOSDNI 20.805.74012459-166-20202021-246-ADCOLO14/09/2021

Hugo Ramon Marsilli, Administrador de Aduana.

e. 23/03/2023 N° 18364/23 v. 23/03/2023

Fecha de publicación 23/03/2023