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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1721/2022

RESOL-2022-1721-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-138458418- -APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorias, N° 1032 de fecha 03 de agosto de 2009 y sus modificatorias, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, N° 367 de fecha 04 de junio de 2021, N° 183 de fecha 12 de abril de 2022 y N° 426 de fecha 21 de julio de 2022, la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM de fecha 20 de mayo de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1032 de fecha 3 de agosto de 2009 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/2006.

Que el Capítulo VIII del referido Convenio Colectivo Sectorial establece en su artículo 26 que “el ingreso a la Carrera, la promoción a un nivel escalafonario superior y el acceso a la titularidad del ejercicio de un cargo con función ejecutiva o de jefatura se realizará mediante la sustanciación del correspondiente proceso de selección organizado bajo la modalidad de concurso de antecedentes y oposición, pudiéndose prever modalidades de curso concurso específicamente organizadas para tal efecto”.

Que con el propósito de establecer un régimen acorde a las actuales circunstancias, el cual contemple las nuevas herramientas digitales y tecnológicas en aras de garantizar un proceso mucho más ágil y transparente, por Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM se aprobó el “Reglamento de Selección de Personal para el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES”.

Que dicho Reglamento establece en su Artículo 84, como otro tipo de convocatoria, excepcional a las previstas en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA (Dto. 1032/2009), la CONVOCATORIA INTERNA, conforme lo acordado por Acta de la Comisión Negociadora del INSTITUTO homologada por Decreto N° 367/2021.

Que por Comunicación Oficial N° NO-2022-93213357-APN-SGRRHH#INCAA el INSTITUTO notificó a las áreas de competencia el inicio del proceso de selección para la cobertura de cargos vacantes por la modalidad de convocatoria mencionada precedentemente, conforme relevamientos efectuados sobre la dotación del Organismo y necesidades operativas.

Que por Comunicaciones N° NO-2022-119832836-APN-VICE#INCAA y N° NO-2022-138429520-APN-GG#INCAA se dio debida intervención a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en lo que refiere a los perfiles de los cargos cuya cobertura se propicia, en cumplimiento del Artículo 8° del Reglamento de Selección, quien se ha expedido conforme consta en IF-2022-138039140-APN-SGRRHH#INCAA.

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto resolutivo que dé inicio a este proceso de selección.

Que la presente medida encuadra en la excepción prevista en el artículo 2° inciso g) del Decreto N° 426/2002.

Que según lo previsto en el ARTÍCULO 89 del Anexo del Reglamento aprobado por la Resolución conjunta citada, “para asegurar la debida economía de los procedimientos, en los procesos de selección que se realicen mediante Convocatoria Interna, se procederá a la constitución de un único Comité de Selección, conforme con lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 de la presente reglamentación, el que se abocará a la totalidad de las vacantes asignadas mediante dicho tipo de convocatoria”.

Que a tales efectos, resulta necesario efectuar la designación de los/as Integrantes del Comité de Selección, conforme normativa de aplicación.

Que la GERENCIA GENERAL, la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN han tomado la intervención previa de competencia para el dictado de esta Resolución.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y su modificatorio, y N° 90/2020 y N° 183/2022.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Iniciar el Proceso de Selección para la cobertura de los CIEN (100) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, detallados en ANEXO N° IF-2022-138656382-APN-GG#INCAA, el que a todos los efectos forma parte integrante e inseparable del presente acto, los que se considerarán incorporados al Nomenclador clasificador de puestos y funciones de trabajo del INCAA, mediante el Régimen de Selección establecido en el Capítulo VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA, homologado por Decreto N° 1032/2009, y aprobado por Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM.

ARTÍCULO 2°.- El Proceso de Selección mencionado precedentemente será realizado mediante CONVOCATORIA INTERNA, conforme Artículo 84 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA (Dto. 1032/2009) y del Reglamento aprobado por Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM.

ARTÍCULO 3°.- Establecer como requisito general de admisión a la Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes mencionados en el Artículo 1° del presente acto, una experiencia laboral acreditable como personal, según artículos 8° y 9° de la Ley N° 25.164, igual o superior a TRES (3) años en la Administración Pública Nacional, y que el personal se desempeñe actualmente en el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTÍCULO 4°.- El requisito de los TRES (3) años de antigüedad en la Administración Pública Nacional establecido precedentemente no será aplicable a las personas con discapacidad que se postulen a los cargos que se encuentran bajo el régimen de reserva de puestos de trabajo en los términos previstos en el Artículo 8° de la Ley N° 22.431.

ARTÍCULO 5°.- Designar como Integrantes del Comité de Selección para la cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente, conforme Artículos 12 y 89 del Reglamento aprobado por Resolución Conjunta N° RESFC-2022-3-APN-SGYEP#JGM, a las personas que se detallan seguidamente, las cuales poseen la experiencia e idoneidad requerida a tales efectos:

-Por la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización:

Titular: Giselle Soledad COURONNE (DNI 30.276.460)

Suplente: Sandra Daniela CASTRO (DNI 27.094.808)

-Por la Presidencia:

Titular: Yolanda Griselda MAIDANA (DNI 16.887.187)

Suplente: Juan Laureano Fabián LANDABURU (DNI 14.027.218)

-Experto Externo:

Titular: Gustavo Ignacio MORATO (DNI 11.594.585)

Suplente: Carlos Maximiliano ANTONIETTA (DNI 26.198.778)

ARTÍCULO 6°.- Designar como Coordinadora Concursal Titular a la agente del INSTITUTO Cecilia DI SANZO (DNI 27.635.611), y como su alterna a Estefanía Lara CATTANEO (DNI 33.004.180), ambas de la SUBGERENCIA DE RECUSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del INCAA.

ARTÍCULO 7°- Con intervención de las entidades sindicales actuantes en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, procédase a aprobar las correspondientes BASES para el llamado al proceso de selección por Convocatoria Interna de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolas Daniel Batlle

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/12/2022 N° 106572/22 v. 29/12/2022

Fecha de publicación 29/12/2022