ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2219/2022
RESOL-2022-2219-APN-ENACOM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2022
VISTO el EX-2021-18855308-APN-SDYME#ENACOM, la Ley N° 27.078; el Decreto N° 265/2015; las Resoluciones ENACOM N° 2.642/2016, N° 721/2020, N° 448/2021, N° 670/2021, N° 684/2021, N° 973/2021, N° 1.718/2021, N° 2.036/2021, N° 1.452/2022 y N° 2.183/2022, los IF-2021-31090100-APN-DNFYD#ENACOM e IF-2022-125771551- APN-DNFYD#ENACOM, el IF-2022-126407095-APN-DNFYD#ENACOM, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, Organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 26.522 y Nº 27.078, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que la Ley N° 27.078, en su Artículo 18, dispone que el Estado Nacional garantiza el Servicio Universal entendido como el conjunto de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) que debe prestarse a todos los habitantes de la Nación, asegurando su acceso en condiciones de calidad, asequibilidad y a precios justos y razonables, con independencia de su localización geográfica, ingreso o capacidades.
Que, asimismo, la citada norma establece, en sus Artículos 20 y 24, que el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Autoridad de Aplicación, define la política pública a implementar para alcanzar el objetivo del Servicio Universal, diseñando los distintos programas para el cumplimiento de las obligaciones y el acceso a los derechos previstos en el mismo, pudiendo establecer categorías a tal efecto.
Que, a tales fines, por medio del Artículo 21 de la mencionada Ley se crea el Fondo Fiduciario del Servicio Universal, determinando que la Autoridad de Aplicación dictará el reglamento de administración del fondo y las reglas para su control y auditoría.
Que el Artículo 25 de la Ley Nº 27.078 estable que “los fondos del Servicio Universal se aplicarán por medio de programas específicos, donde es la Autoridad de Aplicación quien definirá su contenido y los mecanismos de adjudicación correspondientes pudiendo encomendar la ejecución de estos planes directamente a entidades incluidas en el Artículo 8, inciso b), de la ley 24.156, o, cumpliendo con los mecanismos de selección que correspondan, respetando los principios de publicidad y concurrencia, a otras entidades.”.
Que mediante la Resolución ENACOM N° 721/2020 se sustituyó el Reglamento General del Servicio Universal aprobado por la Resolución ENACOM N° 2.642/2016 y sus modificatorias.
Que a través de la Resolución ENACOM N° 448/2021 se creó el Programa “CONECTANDO CON VOS”, el cual tiene como objetivo posibilitar a las destinatarias y los destinatarios el acceso a equipamiento que contribuya a la inserción, integración y desarrollo social mediante el uso de TICs.
Que los fines de la ejecución del Programa “CONECTANDO CON VOS”, mediante la citada Resolución se destinó la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS MILLONES ($3.500.000.000.-) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal.
Que, mediante la Resolución ENACOM N° 670/2021 se aprobó y adjudicó el proceso de compras “LICITACIÓN PÚBLICA 454-0005-LPU21” para la adquisición de CIENTO CUARENTA MIL (140.000) tablets con Sistema Operativo Android. Asimismo, por Resolución ENACOM N° 1.750/2021 se aprobó la ampliación del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de la Orden de Compra para la adquisición de CUARENTA Y NUEVE MIL (49.000) tablets con Sistema Operativo Android, adquiriéndose, en consecuencia, la cantidad total de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL (189.000) tablets para la concreción de la primera etapa del Programa “CONECTANDO CON VOS”.
Que a través de las Resoluciones ENACOM N° 684/2021 y N° 973/2021, mediante el “PROGRAMA COMPLEMENTARIO CONECTANDO CON VOS - ENTREGA DE EQUIPAMIENTO TIC EN EL MARCO DE LA LEY N° 25.603”, se ampliaron los alcances del Programa “CONECTANDO CON VOS”, destinando dispositivos electrónicos de comunicación puestos a disposición por la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN POLÍTICA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a los beneficiarios del citado Programa “CONECTANDO CON VOS”, ello en el marco de la Ley N° 25.603 sobre Servicios Aduaneros.
Que mediante la Resolución ENACOM N° 1.718/2021 se ampliaron los fondos destinados a la ejecución del Programa “CONECTANDO CON VOS”, en la suma de hasta PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000).
Que, posteriormente, la Resolución ENACOM N° 2.036/2021 amplió los destinatarios del programa “CONECTANDO CON VOS”, incorporando a jóvenes de entre QUINCE (15) y VEINTICINCO (25) años de edad, que se encuentren comprendidos en algunos de los supuestos de: a) Jóvenes incluidos en programas Nacionales, Provinciales o Municipales de apoyo educativo, revinculación educativa, ya sea en el nivel medio, escuela para adultos, terciaria, universitaria u otra de gestión estatal; b) Jóvenes inscriptos en escuelas de formación laboral o de cursos de capacitación laboral y/o de oficios acreditados ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; c) Jóvenes beneficiarios de los Programas de promoción de empleo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; d) Jóvenes que participen de proyectos culturales, deportivos, sociales, entre otros, impulsados por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y/o Municipales.
Que, por otro lado, mediante la Resolución ENACOM N° 1.452/2022 se destinó la cantidad de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO (1448) dispositivos electrónicos (tablets) del total previsto para el Programa “CONECTANDO CON VOS”, a fin de ser entregados a los destinatarios que hayan finalizado y aprobado el curso de formación dictado en el marco del “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA INSTALACIÓN DE REDES”.
Que, en igual sentido, la Resolución ENACOM N° 2.183/2022 aprobó el Convenio a celebrarse entre este ENACOM y la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA (UCASAL), destinando la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS (236) dispositivos electrónicos (tablets) del total previsto para el Programa “CONECTANDO CON VOS”, a fin de ser entregados a los destinatarios que hayan finalizado y aprobado el curso de formación dictado en el marco del “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA INSTALACIÓN DE REDES”.
Que conforme informa la DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO mediante IF-2022-125771551-APN-DNFYD#ENACOM, de las CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL (189.000) tablets adquiridas al día de la fecha se han entregado la cantidad de CIENTO DOS MIL TRESCIENTAS DOS (102.302) a los beneficiarios del Programa. Respecto a la capacidad de entrega, destaca que en el último bimestre se han entregado VEINTISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES (27.563) dispositivos; a razón de TRECE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO (13.781) promedio por mes.
Que en ese sentido, la Dirección mencionada indica que a los efectos de instrumentar la entrega de los dispositivos, se propició la suscripción de convenios con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, las jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y demás entidades intermedias con presencia territorial en barrios populares. A tal fin, se han suscripto convenios con los distintos actores pasibles del programa, en los que se encuentran comprometidos -al día de la fecha- CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS (52.386) dispositivos, que aún continúan en proceso de entrega. Asimismo, se están tramitando una gran cantidad de convenios con entidades y jurisdicciones intermedias.
Que la mencionada Dirección también señala que, con la efectiva entrega de los dispositivos a lo largo de todo el país, se ha logrado que hoy más de CIENTO DOS MIL (102.000) ciudadanos y ciudadanas tengan acceso al uso de las TICs, contribuyendo esto a su inserción y desarrollo social, laboral y educativo. En este sentido, agrega que el otorgamiento de los mencionados dispositivos coadyuvan a materializar las políticas públicas llevadas adelante en relación la reducción de la brecha digital.
Que en dicho marco, indica que la finalidad de esta política pública es incluir a los ciudadanos que, como producto de la desigualdad, no cuentan con acceso a un dispositivo que les permita insertarse y desarrollarse en todos los ámbitos de su vida, considerando la importancia de las TICs y su trascendencia al atravesar todos los aspectos de la cotidianeidad de las personas. Y que el Programa está destinado a beneficiar a aquellas personas que perciban pensiones, jubilaciones y planes sociales; así como a estudiantes de escuelas primarias y secundarias y adultas y adultos mayores, con la finalidad de reducir la brecha digital y así alentar la formación de una ciudadanía digital activa.
Que asimismo advierte que este ENACOM continúa ampliando derechos y consolidando el compromiso del Estado Nacional de llegar con políticas públicas concretas a toda la Argentina; y que es por ello que se considera el Programa “CONECTANDO CON VOS” como una política pública de Estado a largo plazo, que trascienda a las gestiones de administración gubernamental con el objetivo de posibilitar al universo aludido el acceso a equipamiento que contribuya a la inserción, integración y desarrollo social mediante el uso de TICs.
Que con el fin de lograr los objetivos y finalidades descriptos, teniendo en cuenta el universo total destinatario de la política pública, la cantidad de dispositivos distribuidos a la fecha, la cantidad de dispositivos comprometidos en los Convenios, así como en el “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA INSTALACIÓN DE REDES”, el universo de Convenios en vías de tramitación y la alta capacidad de entrega de ENACOM, es que tal Dirección concluye que resulta indispensable avanzar con la iniciativa de manera continuada, siendo para ello indispensable ampliar la cantidad de dispositivos a adquirir, garantizando la continuidad del Programa.
Que en tal sentido, y conforme surge del IF-2022-125771551-APN-DNFYD#ENACOM, se propicia implementar una segunda etapa del Programa “CONECTANDO CON VOS”, ampliando la cantidad de dispositivos originariamente asignados al mismo, en la cantidad CIENTO CUARENTA MIL (140.000), los que serán adquiridos mediante los procedimientos de compra pertinentes, financiados con partidas del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, pudiendo ampliarse la cantidad destinada hasta un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) en función del desarrollo del Programa, es decir, totalizando en consecuencia la cantidad máxima de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL (189.000) tabletas.
Que mediante NO-2022-125852245-APN-DNFYD#ENACOM, se requirió la intervención de la Dirección General de Sistemas Informáticos y la Dirección General de Administración, a fin de que en base a sus competencias se expida la primera de las nombradas respecto de “estimar el costo unitario aproximado para la adquisición de hasta 189.000 tabletas”, y la segunda para que informe: “… el monto global a la fecha de los desembolsos efectuados en el marco del Programa y el saldo disponible del mismo considerando que el monto total es de $ 4.500.000.000 (Res. ENACOM 448/2021 y Res. ENACOM 1718/2021)”. Asimismo, se solicitó a esta última que “…con posterioridad a la intervención de la DGSI, se solicita colaboración a fin de prever el monto estimado necesario para la ampliación solicitada considerando los conceptos expuestos en el punto b) del apartado IV del informe adjunto.”.
Que la Dirección General de Sistemas Informáticos, mediante NO-2022-125875843-APN-DGSI#ENACOM, indicó que: “…considerando los valores de la licitación anterior, así como los valores de mercado actuales de los dispositivos con mejoras tecnológicas, se estima que el monto unitario final por cada Tablet será de aproximadamente DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA (USD 230), lo que hace un total estimado para la cantidad de 189.000 dispositivos de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL (USD 43.470.000) equivalentes a la fecha a PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($7.400.767.500).”.
Que por su parte, la Dirección Nacional de Administración, mediante NO-2022-125904961-APN-DGA#ENACOM, señaló que: “…de conformidad con la información mensual proporcionada por el Fiduciario - que en función de los aportes mensuales de los licenciatarios, los fondos disponibles, las inversiones, sus rendimientos y el flujo de desembolsos mensual de los Proyectos en ejecución, se cuenta a la fecha con fondos suficientes en el Fondo Fiduciario del Servicio Universal a fin de proceder a la ampliación del Programa “PROGRAMA CONECTANDO CON VOS” por un monto de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES ($7.500.000.000)”.
Que, por otra parte, dado que el Artículo VI del Programa prevé un plazo de duración de DOS (2) años, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial la cual tuvo lugar el 22 de abril de 2021, así como también teniendo en cuenta la ampliación de la cantidad de dispositivos, y considerando la ejecución de la política pública a mediano y largo plazo, es que también se entiende indispensable prorrogar el plazo de duración del Programa por DOS (2) años a partir de la finalización del período original.
Que adicionalmente, en función del estado de avance del Programa, considerando la ampliación del mismo que por la presente se propicia y teniendo en cuenta su proyección a largo plazo, también se entiende necesario impulsar una auditoría del proceso que comprenda las diferentes etapas del mismo, entre ellas los sistemas implementados para la entrega de las tablets y para los controles, analizando el procedimiento implementado con el fin de evaluar y, de ser necesario, reforzar los controles internos y externos del mismo.
Que, en razón de ser una auditoría del proceso implementado, considerando la gran cantidad de tablets distribuidas, así como la extensión en el tiempo de la política pública, se considera razonable que el período a auditar comprenda un plazo de DOCE (12) meses como muestra representativa del proceso y tal Dirección propone que sea efectuada por una Universidad Nacional con experiencia en la materia y presencia territorial en todo el país.
Que ha tomado la intervención pertinente la DIRECCIÓN NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO.
Que ha tomado la intervención pertinente la DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS.
Que ha tomado la intervención pertinente la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la debida intervención, en su carácter de servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Organismo.
Que el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos han tomado la intervención correspondiente, conforme lo establecido en el Acta N° 56 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el DNU N° 267/15; la Resolución ENACOM N° 721/2020; las Actas Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016, N° 56 de fecha 30 de enero de 2020 y N° 59 de fecha 30 de abril de 2020 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 83, de fecha 25 de noviembre, de 2022.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Amplíase la cantidad de dispositivos (tablets) asignados en el Punto “IV.- IMPLEMENTACIÓN” del “PROGRAMA CONECTANDO CON VOS” (IF-2021-31090100-APN-DNFYD#ENACOM), aprobado mediante la Resolución ENACOM N° 448/2021 y sus modificatorias, destinando la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL (140.000) dispositivos (tablets), los que serán adquiridos mediante los procedimientos de compra pertinentes, financiados con partidas del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, pudiendo ampliarse la cantidad destinada hasta un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) en función del desarrollo del Programa.
ARTÍCULO 2°.- Destínase a los fines de la ejecución del Programa ampliado en el Artículo 1° de la presente, la suma de hasta PESOS SIETE MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 7.500.000.000) del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N° 27.078.
ARTÍCULO 3°.- Establézcase que el monto destinado por el Artículo 2° de la presente podrá afectarse una vez que se hayan agotado en su totalidad las sumas previstas originalmente en el Artículo 5° de la Resolución ENACOM N° 448/2021 y en el Artículo 1° de la Resolución ENACOM N° 1.718/2021.
ARTÍCULO 4°.- Autorízase el impulso de una auditoría del proceso a llevarse a cabo por una Universidad Nacional con experiencia en la materia y presencia territorial en todo el país, lo cual comprenderá un plazo de doce (12) meses como muestra representativa del mismo, y a sus diferentes etapas, entre ellas, los sistemas implementados para la entrega de las tablets y para los controles, analizando el procedimiento implementado, con el fin de evaluar y, de ser necesario, reforzar los controles internos y externos del mismo.
ARTÍCULO 5°.- Delégase en el Presidente del Directorio de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES la suscripción de los Convenios que resulten pertinentes para la implementación y ejecución del Programa aprobado por la Resolución ENACOM N° 448/2021 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 6°.- Delégase en el Presidente del Directorio de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES la facultad de efectuar los procesos de compra pertinentes, financiados con partidas del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, para la adquisición de los dispositivos detallados en Artículo 1°.
ARTÍCULO 7°.- Prorrógase el plazo de duración del “PROGRAMA CONECTANDO CON VOS” por DOS (2) años a partir de la finalización del período original previsto en el punto “VI.- PLAZO DE DURACIÓN” del IF-2021-31090100-APN-DNFYD#ENACOM.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese.-
Claudio Julio Ambrosini
e. 30/11/2022 N° 97648/22 v. 30/11/2022
Fecha de publicación 30/11/2022