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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Resolución 750/2022

RESOL-2022-750-APN-MCT

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-125604521-APN-DDYGD#MCT del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes N° 25.164 y N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2022, vigente conforme el artículo 27 de Ley N°24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022, las Resoluciones N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y N° 199 del 19 de mayo de 2022 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio N° 103 del 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) suscripta el 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que por la cláusula tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologada por Decreto N° 103/2022 se dispuso sustituir la redacción de la cláusula tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021 homologada por el Decreto N° 415/21 por la siguiente “Por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el presente convenio colectivo de trabajo sectorial que reuniera los requisitos para el acceso a un Nivel Escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención, conforme al régimen de valoración para la promoción por evaluación y mérito que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C. El Estado Empleador podrá disponer el cambio de Nivel Escalafonario, mediante la conversión del cargo siempre que se contara con los respectivos créditos presupuestarios en cada jurisdicción u organismos descentralizado, según corresponda. En todos los casos, se valorará especialmente a quiénes hayan accedido a los Tramos más elevados…”.

Que, elaborada la propuesta de reglamentación en los términos del acta citada, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC), la que fue aprobada por Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO 53/2022.

Que a través del artículo 2° de la Resolución N° 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de este MINISTERIO ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, mediante nota N° NO-2022-33908678-APN-DRRHH#MCT dirigida a la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y EVALUACIÓN DE GASTOS EN PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que mediante la Resolución N° 199 del 19 de mayo de 2022 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, se designó a los integrantes del Comité de Valoración, y al Secretariado Técnico Administrativo.

Que los agentes pertenecientes a la planta permanente de este MINISTERIO indicados en el Anexo I (IF-2022-126702634-APN-DRRHH#MCT) de la presente, quienes revisten en el Nivel, Grado, Agrupamiento y Tramo del SINEP, se postularon de conformidad con el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para ascender a los Niveles y Agrupamientos mencionados en el Anexo II (IF-2022-126706167-APN-DRRHH#MCT).

Que en oportunidad de suscribir los formularios de certificación de cumplimiento de requisitos e identificación del puestos listados en el Anexo I, la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de este MINISTERIO, considera que en caso de aprobarse la promoción vertical, los agentes deben ser designados en los puestos según Nomenclador de Puestos y Funciones del Sistema Nacional de Empleo Público cuya denominación obra en el Anexo II.

Que mediante las Actas N° IF-2022-66268002-APN-DRRHH#MCT, N° IF-2022-75664037-APN-DRRHH#MCT, N° IF-2022-90920077-APN-DRRHH#MCT, N° IF-2022-100613917-APN-DRRHH#MCT y N° IF-2022-119999743-APN-DRRHH#MCT el comité de valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito de esta jurisdicción se ha expedido favorablemente respecto del cumplimiento de los requisitos del nivel y agrupamiento al que postularan los agentes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el ejercicio en curso para efectivizar la medida.

Que de conformidad con las previsiones del artículo 31 del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto 2098/2008, la unidad a cargo de las acciones de personal ha determinado que corresponde se asigne a los agentes el grado y tramo correspondiente según Anexo II.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, y en la Resolución N° 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios y el Decreto N° 640/2021.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por RESOL-2022-199-APN-MCT respecto de la postulación de los agentes mencionados en el Anexo I (IF-2022-126702634-APN-DRRHH#MCT), quienes revisten actualmente en la planta permanente de este MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

ARTÍCULO 2º.- Designar en los cargos de planta permanente, Nivel, Grado, Agrupamiento, Tramo y Suplementos a los agentes consignados en el Anexo II (IF-2022-126706167-APN-DRRHH#MCT) de la presente de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar a los agentes que deberán tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a la notificación de su promoción y que la situación de revista actualizada se hará efectiva a partir de la fecha de posesión de dicho cargo.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a los créditos de las partidas 01-01-1-1, 01-02-1-1, 45-01-1-1, 46-01-1-1, 48-10-1-1 del presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Fernando Filmus

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/11/2022 N° 97019/22 v. 28/11/2022

Fecha de publicación 28/11/2022