Edición del
24 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL

Resolución 52/2022

RESOL-2022-52-APN-SDC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-103759603- -APN-DGD#MC, la Resolución N° 1780 de fecha 20 de octubre de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución M.C. N° 1780/22 (RESOL-2022-1780-APN-MC) se aprobó la creación del Programa IMPULSAR MICA y se aprobó el Reglamento de Bases y Condiciones del programa, el Reglamento de Rendición Financiera y la Declaración Jurada que, como ANEXO I (IF-2022-111890499-APN-DNICUL#MC), ANEXO II (IF-2022-105120571-APN-DNICUL#MC) y ANEXO III (IF-2022-105120519-APN-DNICUL#MC) respectivamente, forman parte de la citada medida.

Que el mismo tiene como objeto de fortalecer la circulación y comercialización de bienes y servicios en el mercado interno, a través de la circulación de producciones culturales y la participación en ferias, festivales y mercados.

Que mediante el Artículo 3° de la Resolución M.C. N° 1780/22 (RESOL-2022-1780-APN-MC), se designa a la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL como autoridad de aplicación del presente Programa.

Que en el punto 5 del Reglamento de Bases y Condiciones - ANEXO I (IF-2022-111890499-APN-DNICUL#MC), se establece que la autoridad de aplicación está facultada para designar a los Miembros del Jurado, el cual estará conformado por TRES (3) Miembros, de los cuales UNO (1) será funcionario del MINISTERIO DE CULTURA, con rango no inferior a Director Nacional y competencias vinculadas, y otros DOS (2) que serán representantes y/o especialistas, expertos de probada experiencia y amplia trayectoria en el ámbito de las Industrias Culturales.

Que a tales fines, se han merituado los antecedentes de los Señores Pablo FERRERO (D.N.I. N°23.636.890) y Carlos Alberto GOMEZ (D.N.I. N°26.835.352), los que se encuentran agregados a las presentes actuaciones, considerando que los mismos resultan idóneos para integrar la representación externa. Y en representación de este Ministerio, resulta conveniente integrar el Jurado con el Director Nacional de Industrias Culturales, Señor Luis Manuel SANJURJO (D.N.I. N°27.934.238).

Que los miembros de dicho Jurado deberán evaluar los proyectos presentados y realizar la selección final de los beneficiarios del Programa IMPULSAR MICA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas por el Decreto N° 50/19 y su modificatorio, y la Resolución M.C. N° 1780/22.

Por ello,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar como integrantes del Jurado del Programa IMPULSAR MICA, al Director Nacional de Industrias Culturales, Señor Luis Manuel SANJURJO (D.N.I. N° 27.934.238), al Señor Pablo FERRERO (D.N.I. N°23.636.890) y al Señor Carlos Alberto GOMEZ (D.N.I. N° 26.835.352), de conformidad con lo dispuesto en el punto 5 del Reglamento de Bases y Condiciones contenido en el (IF-2022-111890499-APN-DNICUL#MC) aprobado por el artículo 1° de la Resolución M.C. N° 1780/22 (RESOL-2022-1780-APN-MC).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria Lucrecia Cardoso

e. 23/11/2022 N° 95364/22 v. 23/11/2022

Fecha de publicación 23/11/2022