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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 512/2022

RESOL-2022-512-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2022

VISTO el Expediente EX 2022-120063674-APN-DGAYF#MAD, del Registro del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), la Ley de Presupuestos Mínimos para Gestión Sustentable N° 25.675 de fecha 28 de noviembre de 2002l, el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que las autoridades proveerán la protección del derecho que tienen todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.

Que la Ley General del Ambiente N° 25.675 establece como uno de los objetivos de la política ambiental nacional, establecer un sistema federal de coordinación interjurisdiccional, para la implementación de políticas ambientales de escala nacional y regional.

Que, en este sentido los Gobernadores de la Provincia de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos suscribieron con la, por entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con fecha 25 de septiembre de 2008, una Carta de Intención con la finalidad de unir esfuerzos y poner en ejecución el “Plan Integral Estratégico para la Conservación y el Desarrollo Sostenible en el Delta del Paraná” PIECAS-DP).

Que, para impulsar el proceso tendiente a la ejecución del citado Plan Integral, se creó a través del numeral 3 de la Carta de Intención el “Comité Interjurisdiccional de Alto Nivel para el Desarrollo Sostenible en la Región del Delta del Paraná” a efectos de coordinar acciones encaminadas al cumplimiento de los objetivos enunciados en el referido instrumento.

Que el aludido Comité fue constituido por medio de la Resolución 675, con fecha 21 de julio de 2009, de la por entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que posteriormente, el 20 de agosto de 2020, en cumplimiento de la medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Equística Defensa de Medio Ambiente Asociación Civil c/ Santa Fe Provincia y otros s/ Amparo Ambiental” se constituyó el Comité de Emergencia Ambiental, dentro de la estructura federal concertada del PIECAS-DP.

Que la aludida medida ordena la creación de un Comité de Emergencia Ambiental constituido por las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, y Buenos Aires, y los Municipios de Victoria y Rosario, con el objeto de adoptar medidas eficaces para la prevención, control y cesación de los incendios irregulares en los términos de la ley 26.562 en la región del Delta del Paraná.

Que las cuestiones expuestas plantean como rasgo distintivo su transversalidad en virtud de sus múltiples particularidades, de la misma manera, al ser el Delta del Paraná una región que se caracteriza por la presencia simultánea de varias jurisdicciones, el PIECAS-DP es el espacio multi-jurisdiccional en donde se puede articular y llevar la gestión de manera consensuada.

Que teniendo presente la estructura organizativa de este organismo que establece entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL “1. Asistir al/a la Ministro/a de Ambiente y Desarrollo Sostenible en la formulación, ejecución e implementación de la política ambiental nacional interjurisdiccional e interinstitucional y en la coordinación con los distintos organismos nacionales e internacionales. …”

Que, para contribuir de forma efectiva con el fortalecimiento de la gobernanza para la sostenibilidad en ecosistemas interjurisdiccionales, resulta oportuno que la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL aborde la articulación y la coordinación del “Plan Integral Estratégico para la Conservación y el Desarrollo Sostenible en el Delta del Paraná” PIECAS-DP.

Que la referida articulación y coordinación concurrirá en forma conjunta con las áreas técnicas que poseen incumbencia en la temática y resultan fundamentales para avanzar en resultados efectivos sobre las necesidades de la mencionada región.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 25.675 General del Ambiente, y la Decisión Administrativa N° 928 del 19 de septiembre de 2021.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecese que la SUBSECRETARÍA INTERJURISDICCIONAL E INTERINSTITUCIONAL del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, con la finalidad de contribuir de forma efectiva con el fortalecimiento de la gobernanza para la sostenibilidad en ecosistemas interjurisdiccionales abordará la articulación y la coordinación del “PLAN INTEGRAL ESTRATÉGICO PARA LA CONSERVACIÓN Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL DELTA DEL PARANÁ” PIECAS-DP.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

e. 18/11/2022 N° 94378/22 v. 18/11/2022

Fecha de publicación 18/11/2022