ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 2066/2022
RESOL-2022-2066-APN-ENACOM#JGM FECHA 9/11/2022 ACTA 82
EX-2022-90881103-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Autorizar a la COMUNIDAD ABORÍGEN DE MIYUYOC, perteneciente al Pueblo OMAGUACA, un servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia 89.5 MHz., canal 208, Categoría F, en la localidad de MIYUYOC, provincia de JUJUY, identificado con la señal distintiva LRQ802. 2 - Dentro de los 180 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá cumplimentar los requisitos técnicos tendientes a la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, los cuales se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. 3 -La autorizada asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC.. 4 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la autorizada deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 5 - Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 14/11/2022 N° 92670/22 v. 14/11/2022
Fecha de publicación 14/11/2022