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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

Resolución 2/2022

RESOL-2022-2-APN-SECPT#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2022

VISTO el expediente EX-2022-109259416-APN-DGD#MTR, la Ley N° 27.132, el Decreto N° 194 de fecha 18 de abril de 2022, la Resolución N° 300 del 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 4 del 19 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 4 del 29 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Resolución N° 8 del 19 de noviembre de 2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, el expediente EX-2020-71488620-APN-SECPT#MTR, el expediente EX-2020-73808973- APN-DGD#MTR, el expediente EX-2022-53232918-APN-DGD#MTR, el expediente EX-2022-65668039-APN-DGD#MTR, el expediente EX-2022-51272309-APN-DGD#MTR, el Memorándum de Entendimiento IF-2022-91695615-APN-SECPT#MTR entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A. y el expediente EX-2022-89279935-APN-DGD#MTR, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.132 establece como uno de los principios de la política ferroviaria nacional la interconexión de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte (artículo 2°, inciso c).

Que la Resolución N° 300/2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE aprobó el “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PARAR)” con el objeto de diseñar y desarrollar puntos de asistencia en ruta en todo el territorio nacional con criterio orgánico e integrador, a través de una red nacional que brinde servicios al autotransporte registrado en cualquier región del país, que facilite el cumplimiento de las exigencias del descanso y la apoyatura a la actividad de suministro y abastecimiento, y que se articule con los principales centros generadores y atractores de viajes, de transferencia de cargas y nodos logísticos, de forma tal de complementar las medidas de carácter regulatorio con aquellas otras de desarrollo infraestructural que hagan posible la verdadera jerarquización de los servicios de transporte productivo, logística y fortalecimiento de las cadenas de valor (artículo 1°).

Que el Anexo I de la citada resolución contempla dentro de la tipología de nodos a desarrollar la Interfase Logística, “que constituye una base especializada de servicios complementarios a la carga y la actividad económica en espacios de más de 10 hectáreas para el movimiento y estacionamiento de más de 200 camiones. La instalación de un Punto de Asistencia en dichos espacios permite descongestionar las rutas, reducir las esperas/demoras de los transportistas en las terminales o puertos y generar mejores condiciones de trabajo para los transportistas”.

Que la Resolución N° 8/2021 de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL aprueba los lineamientos conceptuales para el desarrollo del “Programa Puntos de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado (PARAR)” creado por el artículo 1° de la Resolución N° 300/2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y en su Anexo (IF-2021-112705030-APN-SAI#MTR) describe los Puntos de Asistencia de Interfase Logística como aquellos “ubicados cerca de centros atractores de carga (como pueden ser puertos, fábricas, polos industriales o grandes ciudades), en cuyo caso la localización dependerá más de la eventual articulación con dichos centros que de la cercanía a una ruta; y su tipología atenderá, además de las funciones de asistencia comunes al Programa, a su utilización como puerto seco, antepuerto, centro de ruptura de cargas y/o centro de transferencia”.

Que del décimo octavo considerando del Decreto N° 194/2022 surge que todas las medidas llevadas a cabo por las áreas con competencia sustantiva (en materia de transporte automotor de cargas) deben ser apoyadas con las herramientas financieras surgidas de los recursos fiscales que provee el propio sector, y dar así cumplimiento a lo dispuesto por la normativa antes citada.

Que la Resolución N° 4/2020 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE creó el CONSEJO FEDERAL CONSULTIVO DE LOGÍSTICA MULTIMODAL (COFED), con el objeto de colaborar en el diseño de una política estratégica nacional en aras de promover un ecosistema de logística multimodal, con miras a incrementar la producción nacional, la carga y servicios anexos, la generación de fuentes de trabajo y la eficiencia en todos los nodos logísticos vinculados al comercio interno y la política exportadora nacional; con la misión primordial de incentivar la inversión pública y privada en los nodos logísticos exportadores (artículo 1°).

Que la Resolución N° 4/2021 de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE aprobó el Acta Número Dos del CONSEJO FEDERAL CONSULTIVO DE LOGÍSTICA MULTIMODAL (COFED) del 15 de abril de 2021 (IF-2021-35119182-APN-DL#MTR), en cuyo Anexo II se propuso la “regionalización y plan de implementación de estaciones centralizadoras de cargas, articuladas con el movimiento portuario y que concentren todas las actividades regulatorias, de coordinación y asistencia al transporte terrestre, reduciendo las ventanas de los turnos de acceso al puerto”, así como la “implementación de puertos secos en el interior” (punto 3) y la “complementación camión-tren-barcaza-puerto, a través de la contenerización de las cargas y la integración de los modos en un mismo esquema operacional” (punto 7).

Que el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y la PROVINCIA DE SALTA (CONVE-2020-83331426-APN-DGD#MTR) y su Enmienda (CONVE-2021-68741920-APNDGD#MTR) sientan las bases para la implementación del Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco de General Güemes, con la distribución de tareas entre las diversas áreas competentes, la gobernanza ulterior del predio, el proyecto ejecutivo y el cronograma de acciones, de resulta de las cuales, y con la participación activa de esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE en todo el proceso de planeamiento, dicho nodo se encuentra en pleno proceso de construcción, con importantes avances registrados a la fecha.

Que en ese marco la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE ha celebrado un Acta Acuerdo (CONVE-2022-67607826-APN-DGD#MTR) con la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PROVINCIA DE SALTA para el desarrollo de las estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos, tendientes a la implementación de un Nodo Logístico Intermodal en la localidad de Olacapato, de la referida provincia.

Que el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y la PROVINCIA DE CATAMARCA (CONVE-2022-55631350-APN-DGD#MTR) tiene por objeto brindar asistencia técnica, a través de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, a la provincia en el desarrollo de estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos, tendientes a la implementación de un Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco en la ciudad de Recreo, de la referida provincia.

Que el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el MINISTERIO DE TRANSPORTE y la PROVINCIA DE TUCUMÁN (CONVE-2020-81063359-APN-DGD#MTR) tiene por objeto brindar asistencia técnica, a través de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, a la provincia en el desarrollo de estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos, tendientes a la implementación de un Nodo Logístico Intermodal y Puerto Seco en la comuna de Cevil Pozo, de la referida provincia.

Que el Acta Acuerdo suscripta entre la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE y la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA, PROVINCIA DE RÍO NEGRO (CONVE-2022-83816146- APNDGD#MTR), tiene por objeto el de brindar asistencia técnica al municipio para el diseño y desarrollo de un Punto de Asistencia en Ruta al Autotransporte Registrado conjuntamente con la implementación de un Centro de Transferencia de Cargas, ambos en la misma localidad.

Que el Acta Acuerdo de Cooperación suscripta entre la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE y el MUNICIPIO DE SAN RAFAEL, PROVINCIA DE MENDOZA (CONVE-2022-73799587- APN-DGD#MTR), tiene por objeto el de brindar asistencia técnica al municipio para el desarrollo de las estrategias, programas, proyectos y otros objetivos afines a ellos, tendientes a la implementación de un Nodo Logístico en la referida ciudad.

Que en el Convenio de Cooperación e Intercambio de Información suscripto por el MINISTERIO DE TRANSPORTE y por la empresa YPF S.A. (CONVE-2022-96553640-APN-DGD#MTR), se expresa que “dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE se encuentran confeccionar una red de infraestructura de servicios al transporte con capilaridad territorial nacional articulada con los principales centros generadores y atractores, de transferencia de cargas y nodos logísticos en el marco del Plan Nacional de Transporte, garantizando el acceso a una red nacional de servicios de asistencia y seguridad a las unidades de transporte de cargas” (punto f).

Que asimismo esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE viene trabajando en la asistencia a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. para el desarrollo de diversos Nodos Logísticos Intermodales en las porciones de la red ferroviaria a su cargo, de entre las que se destaca la inauguración y puesta en marcha, en el mes de junio del corriente año, del Nodo Logístico situado en la localidad de SAN FRANCISCO, PROVINCIA DE CÓRDOBA, con un perfil intermodal que articula las operaciones del transporte automotor con las del transporte ferroviario para conducir la producción a los puertos oceánicos para su exportación, y donde la empresa ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A. desarrolla tareas de procesamiento industrial y de contenerización de productos regionales en un hinterland de 200 kilómetros a la redonda.

Que dicha exitosa experiencia ha dado lugar a la celebración del Memorándum de Entendimiento, suscripto el 17 de agosto de 2022 por el titular del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el titular de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE y por la citada empresa logística (IF-2022-91695615- APNSECPT#MTR), que establece la conformación de un Equipo de Trabajo integrado por la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE a través de su DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN ESTRATÉGICA DE PROGRAMAS DEL TRANSPORTE y de su DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGAS Y LOGÍSTICA, conjuntamente con representantes de la empresa (Cláusula Segunda), para analizar, elaborar y definir la implementación del PLAN MAESTRO NACIONAL DE NODOS LOGÍSTICOS INDUSTRIALES en el marco del CONVENIO MARCO INTERMINISTERIAL SOBRE EL PROYECTO INTEGRAL DE EXPORTACIÓN DE DISTINTAS CADENAS DE EXPORTACIÓN firmado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el MINISTERIO DE TRANSPORTE, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y la FUNDACIÓN ARGENTINA PARA LA PROMOCIÓN DE INVERSIONES Y COMERCIO INTERNACIONAL.

Que resulta necesario, a la luz de los plexos normativos y convencionales vigentes y considerados en la presente, integrar todas las acciones de diseño, planificación y proyección que, en materia de implementación de Nodos Logísticos Intermodales y Puertos Secos viene desarrollando esta SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE en un único Equipo de Trabajo, con miras a optimizar su desempeño y dotar a sus acciones de un criterio holístico e integrador que beneficie la perspectiva sistémica orientada hacia el intermodalismo y la eficiencia productiva y exportadora.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGAS Y LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TRANSPORTE de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, la DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN ESTRATÉGICA DE PROGRAMAS DEL TRANSPORTE y por su DIRECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto N° 50/2019 y su modificatorio N° 335/2021.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Confórmese el Equipo de Trabajo para la Planificación de Nodos Logísticos Intermodales y Puertos Secos (NODOS), el cual estará integrado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGAS Y LOGÍSTICA de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TRANSPORTE de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE, por la DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN ESTRATÉGICA DE PROGRAMAS DEL TRANSPORTE y por su DIRECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE.

Artículo 2°.- Invítese a la empresa ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A. a designar, en el plazo de CINCO (5) días de notificada la presente medida, un representante en el Equipo de Trabajo NODOS conformado por el artículo precedente, en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del Memorándum de Entendimiento IF-2022-91695615-APN-SECPT#MTR.

Artículo 3°.- Invítese a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E., y al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a designar cada una, en el plazo de CINCO (5) días de notificada la presente medida, un representante en el Equipo de Trabajo NODOS conformado por el artículo 1° de la presente resolución. Oportunamente podrá ampliarse la invitación a otros organismos y/o entidades en función de los objetivos del Equipo de Trabajo NODOS.

Artículo 4°.- Una vez designados los representantes aludidos en los artículos 2° y 3° de la presente resolución, el Equipo de Trabajo NODOS procederá al análisis de todos los proyectos de Nodos Logísticos Intermodales y Puertos Secos en desarrollo, de los que están en estudio y de los que resultaren convenientes, y sugerirá los cursos de acción y medidas conducentes a la implementación célere y eficaz de un sistema logístico integrado que potencie el perfil exportador argentino, los que quedarán plasmados en un PLAN MAESTRO NACIONAL DE NODOS LOGÍSTICOS Y PUERTOS SECOS, que formará parte del Plan Nacional de Transporte.

Artículo 5°.- Establécese que lo dispuesto en la presente resolución no implica erogación presupuestaria alguna para el Estado Nacional.

Artículo 6°.- Comuníquese a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E., a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y a la empresa ARGENTINE GCC BUSINESS PLATFORM S.A.

Artículo 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gastón Emanuel Jaques

e. 14/11/2022 N° 92702/22 v. 14/11/2022

Fecha de publicación 14/11/2022