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Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL

Disposición 920/2022

DI-2022-920-APN-DNL#MT

Ciudad de Buenos Aires, 12/10/2022

VISTO el EX-2019-102526488- -APN-DGDMT#MPYT - Copia Digital del Expediente Nº 1754983/17, del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2020-401-APN-ST#MT de fecha 14 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en la página 66 de la CD-2019-102754317-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-102526488- -APN-DGDMT#MPYT obran las escalas salariales que integran el Convenio Colectivo de Trabajo homologado por el artículo 2º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1635/20 “E”, celebrado por el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical y la empresa SOCIEDAD INTEGRADA DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo por el artículo 1° de la precitada Resolución, se homologó el Acuerdo registrado bajo el N° 626/20 celebrado también por partes referidas precedentemente.

Que a su vez en el artículo 4° de la referida Resolución, también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivados del Acuerdo y del Convenio Colectivo de Trabajo homologados por dicho acto administrativo.

Que en cumplimiento de lo ordenado se emitió el informe técnico IF-2022-108369692-APN-DNRYRT#MT, al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio que se fijan en el artículo primero de la presente.

Que en el citado informe además se señala que a pesar del largo tiempo transcurrido entre la fecha de celebración (diciembre de 2016) del Acuerdo N° 626/20 y la fecha de su homologación (abril de 2020) no habrían sido presentadas y no se cuenta con las escalas salariales derivadas de lo pactado en el Acuerdo N° 626/20 y por lo tanto no resulta factible actualmente establecer los promedios de las remuneraciones ni consecuentemente fijar los topes, respecto del Acuerdo N° 626/20.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por su similar DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por el artículo 2º de la RESOL-2020-401-APN-ST#MT y registrado bajo el Nº 1635/20 “E”, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2022-108367802-APN-DNRYRT#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y se tome razón de lo indicado en el Considerando quinto respecto del Acuero N° 626/20. Cumplido procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Jorge Pablo Titiro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/11/2022 N° 84971/22 v. 11/11/2022

Fecha de publicación 11/11/2022