Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Decisión Administrativa 1108/2022

DECAD-2022-1108-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 04/11/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-97772656-APN-DGA#APNAC, las Leyes Nros. 22.351 y sus modificatorias, 27.670 y 27.673, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1422 del 6 de diciembre de 2016 y sus modificatorias y la Resolución del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N° 410 del 27 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría para cumplir con las responsabilidades que le son propias y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados de la Administración Pública Nacional.

Que por la Ley N° 22.351 se estableció el Régimen de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Naturales y se dispuso que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES sería la autoridad de aplicación de dicha ley.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1422/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, y por la Resolución del Directorio de dicho organismo N° 410/16 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo.

Que por las Leyes Nros. 27.670 y 27.673 se crearon, respectivamente, el “Parque y Reserva Nacional Islote Lobos”, en la Provincia de RÍO NEGRO, y el “Parque Nacional Ansenuza”, en la Provincia de CÓRDOBA.

Que con el fin de permitir el adecuado funcionamiento de los referidos Parques Nacionales, conforme a sus características, resulta menester incorporarlos al citado en primer término como Intendencia y al citado en segundo término como Intendencia de Alta Complejidad a la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que, en consecuencia, deviene necesario incorporar las referidas Intendencias en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Incorpórase el “Parque Nacional Ansenuza”, ubicado en la Provincia de CÓRDOBA, a los ANEXOS I (IF-2016-05132647-APN-DGRH#APNAC) y II (IF-2016-05133014-APN-DGRH#APNAC) de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, aprobada por la Resolución del Directorio del citado organismo Nº 410/16 como Intendencia de Parques Nacionales de Alta Complejidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES, de conformidad con las Acciones (Tipo) detalladas en el citado ANEXO II, aprobado por el artículo 1º de la referida resolución, para todas las Intendencias de Parques Nacionales de Alta Complejidad.

ARTÍCULO 2º.- Incorpórase el “Parque Nacional Islote Lobos”, ubicado en la Provincia de RÍO NEGRO, a los ANEXOS III (IF-2016-05133401-APN-DGRH#APNAC) y IV (IF-2016-05133807-APN-DGRH#APNAC) de la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, aprobada por la Resolución del Directorio del citado organismo Nº 410/16 como Intendencia dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES y de conformidad con las Acciones (Tipo) detalladas en el citado ANEXO IV, aprobado por el artículo 2º de la referida resolución, para las Intendencias de Parques Nacionales.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, los cargos pertenecientes a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, detallados en la PLANILLA ANEXA (IF-2022-100906228-APN-DGRH#APNAC) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 81 – MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, Entidad 107 - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/11/2022 N° 90339/22 v. 07/11/2022

Fecha de publicación 07/11/2022