CONSEJO FEDERAL PESQUERO
Resolución 16/2022
RESFC-2022-16-E-CFP-CFP
Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2022
VISTO la Ley N° 24.922, y la Resolución N° 7, del 20 de mayo de 2021, del Registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en el visto, el CONSEJO FEDERAL PESQUERO ajustó los aspectos administrativos y jurídicos sobre los proyectos de explotación de la especie calamar (Illex argentinus), manteniendo una política pesquera respecto de la especie, cuyos objetivos primordiales son el aprovechamiento integral del recurso hasta el máximo nivel compatible con su explotación sustentable, por parte de buques poteros de bandera nacional.
Que, asimismo se privilegió como objetivo la promoción de la actividad de la flota potera nacional en el Área Adyacente a la Zona Económica Exclusiva (ZEE) argentina, estableciendo como incentivo a la presencia de buques de bandera argentina en dicha área, el incremento del plazo de vigencia de los permisos de pesca de buques que acumulen operando allí, al menos, TREINTA (30) días a lo largo de una temporada.
Que, en virtud de la complejidad planteada por las empresas del sector respecto de las operaciones de pesca en dicha área, y en función del análisis efectuado sobre las mismas, resulta oportuno adecuar la cantidad de días de operaciones que es necesario acreditar a fin de acceder a la extensión antes detallada.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al CONSEJO FEDERAL PESQUERO en virtud de los incisos a), d) y f) del artículo 9º de la Ley Nº 24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 19 de la Resolución N° 7, de fecha 20 de mayo de 2021, del registro CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por el que se detalla a continuación:
“ARTÍCULO 19.- El titular del proyecto podrá solicitar la extensión del plazo de duración del mismo y del permiso de pesca del buque correspondiente, por UN (1) año, cuando acredite haber realizado operaciones de pesca en el Área Adyacente a la Zona Económica Exclusiva (ZEE) argentina, durante QUINCE (15) días, con visitas no inferiores a TRES (3) días de corrido, desde el inicio hasta la finalización de la temporada de pesca de la especie calamar (Illex argentinus), tanto dentro como fuera de la ZEE.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Carlos Cantú - Paola Andrea Gucioni - Antonio Alberto Macchioli - Maria Lucrecia Bravo - Gabriela González Trilla - Carla Seain - Adrián Awstin - Carlos Angel Lasta - Carlos Damián Liberman
e. 31/10/2022 N° 87728/22 v. 31/10/2022
Fecha de publicación 31/10/2022