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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 1072/2022

DECAD-2022-1072-APN-JGM - Licitación Pública N° 95-0040-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-66523394-APN-DCYC#MDS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 95-0040-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 958 del 20 de julio de 2022 del mencionado organismo, con el objeto de lograr la adquisición de budín marmolado y budín de vainilla, destinado a atender a la población en situación de vulnerabilidad durante la celebración de las próximas fiestas de fin de año e integrar la llamada “CANASTA NAVIDEÑA”, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 8 de agosto de 2022, en la referida Licitación Pública se presentaron las siguientes firmas: NOMERO S.A., FIRENZE S.R.L., PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L., COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A., CUMA S.R.L., NUTROVO S.A. y ALACOR S.A.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 402 de fecha 5 de agosto de 2022, informando los Precios Testigo para los renglones de la contratación, en los términos y alcances establecidos en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en su carácter de área técnica, elaboró el correspondiente Informe Técnico de las ofertas recibidas, el cual cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA de dicho Organismo, en su carácter de Unidad Requirente, en el cual determinó el cumplimiento, por parte de los oferentes, de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 9 de septiembre de 2022, aconsejando adjudicar la Licitación Pública referida a las firmas FIRENZE S.R.L. y COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.

Que conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación, corresponde desestimar las ofertas presentadas por las firmas que se detallan a continuación: NOMERO S.A. (C.U.I.T. Nº 30-64337887-2) Renglones 1 y 2, por haber presentado una imagen de arte de rótulo que incumple con el artículo 235 séptimo por no presentar la declaración de alérgenos, por no haber presentado el certificado del Registro Nacional de Producto Alimenticio (R.N.P.A.) y encontrarse vencido el Registro Nacional de Establecimiento (R.N.E.), de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y adicionalmente para el Renglón 1 por superar el margen de tolerancia sobre el Precio Testigo establecido en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias, según el precio por kilogramo; PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L. (C.U.I.T. Nº 33- 71644934-9) Renglón 1, alternativa 1, por superar el Margen de Tolerancia sobre el Precio Testigo establecido en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias, según el precio por kilogramo, Renglón 1, alternativas 2, 3, 4, 5, 6 y Renglón 2, alternativas 1, 2, 3, 4, 5 y 6 por no haber presentado los certificados de los Registros Nacionales de Establecimiento (R.N.E.) y de Producto Alimenticio (R.N.P.A.) ni la imagen de arte de rótulo, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y por superar el Margen de Tolerancia sobre el Precio Testigo establecido en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias, según el precio por kilogramo; en este último caso, a excepción de la alternativa 5 para el renglón 2; COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7) Renglón 1, alternativa 1, por no haber presentado la imagen de arte de rótulo, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y Renglón 2, alternativa 1, por haber ofertado budín sin fruta en lugar de budín sabor vainilla y no haber presentado la imagen de arte de rótulo, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; CUMA S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-71718843-4) por poseer deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP, conforme lo previsto en los artículos 66, inciso b) del Anexo al Decreto N° 1030/16, 21, inciso f) y 25, inciso b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional y la Resolución General AFIP N° 4164/17, por encontrarse desactualizada su inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), conforme lo establecido en el artículo 25 del Anexo a la Disposición ONC 62/16 y sus modificatorias, Renglón 1, por no haber presentado la imagen de arte de rótulo (presenta una foto de la lámina extendida) y haber presentado el certificado del Registro Nacional de Establecimiento (R.E.N.) desactualizado, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; Renglón 2, por haber ofertado budín sin fruta en lugar de budín sabor vainilla, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y ALACOR S.A. (C.U.I.T. Nº 33-64492823-9) Renglón 2, por haber ofertado budín sin fruta en lugar de budín sabor vainilla, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha verificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la referida contratación.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 95-0040-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de budín marmolado y budín de vainilla, destinado a atender a la población en situación de vulnerabilidad durante la celebración de las próximas fiestas de fin de año e integrar la llamada “CANASTA NAVIDEÑA”, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse en la Licitación Pública N° 95-0040-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las ofertas presentadas por las firmas NOMERO S.A. (C.U.I.T. Nº 30-64337887-2) Renglón 1 y Renglón 2, PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L. (C.U.I.T. Nº 33- 71644934-9) Renglón 1, alternativas 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y Renglón 2, alternativas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7) Renglón 1, alternativa 1 y Renglón 2, alternativa 1, CUMA S.R.L. (C.U.I.T. 30-71718843-4) Renglón 1 y Renglón 2 y ALACOR S.A. (C.U.I.T. 33-64492823-9) Renglón 2, por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 9 de septiembre de 2022.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 95-0040-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a favor de las firmas, por las cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

FIRENZE S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-61542491-5) Renglón 1, por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL (400.000) envases de budín sabor a vainilla y chocolate, con un contenido neto de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca MARCOLLA, cuyo precio unitario es de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($143,99), por un monto total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($57.596.000), y Renglón 2, por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL (400.000) envases de budín tipo Inglés con sabor a vainilla, con un contenido neto de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca MARCOLLA, cuyo precio unitario es de PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($137,94), por un monto total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL ($55.176.000).

COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7) Renglón 1, alternativa 2, por la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL (1.600.000) envases de budín sabor vainilla y chocolate marmolado, con un contenido neto de TRESCIENTOS (300) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca BUON NATALE, cuyo precio unitario es de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO ($188), por un monto total de PESOS TRESCIENTOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($300.800.000) y Renglón 2, alternativa 2, por la cantidad de UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL (1.600.000) envases de budín de vainilla, con un contenido neto de TRESCIENTOS (300) gramos cada uno, según especificaciones del Pliego, marca BUON NATALE, cuyo precio unitario es de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO ($178), por un monto total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($284.800.000).

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Ministra de Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la Licitación Pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente medida, que asciende a la suma total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($698.372.000), se imputará con cargo a los créditos específicos del Presupuesto de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 7º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Victoria Tolosa Paz

e. 28/10/2022 N° 87570/22 v. 28/10/2022

Fecha de publicación 28/10/2022