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19 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Sintetizada 51/2022

El Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el expediente electrónico EX-2022-00021128- -ERAS-SEJ#ERAS la Resolución ERAS Nº 51 de fecha 19/10/22 (RESFC-2022-51-E-ERAS-SEJ#ERAS) por la cual se acepta una encomienda de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, transcribiéndose a continuación los artículos:

“ARTÍCULO 1º.- Acéptase la encomienda formulada a este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) por los artículos 8º, 10º y 12°de la Resolución Nº 183/2022 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS en orden a la creación, administración y control de los registros de MANTENIMIENTO DE SUBSIDIOS y de RENUNCIA AL SUBSIDIO.

ARTÍCULO 2º.- Créase en el ámbito de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) el REGISTRO DE MANTENIMIENTO DE SUBSIDIOS, a efectos de la conformación del padrón de beneficiarios y beneficiarias del régimen de subsidios, respecto de los usuarios y las usuarias de la categoría residencial cuyos inmuebles se localizan en áreas de coeficientes zonales 3,50; 3,10, 2,75; 2,40; 2,20; 2,00, 1,80; 1,60, que soliciten el mantenimiento del subsidio de Estado Nacional.

ARTÍCULO 3º:- Créase en el ámbito de este ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) el REGISTRO DE RENUNCIA AL SUBSIDIO que estará conformado por aquellos usuarios y usuarias que alcanzados o alcanzadas por el subsidio del Estado Nacional establecido en los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución SOP N° 183/22 pretendan renunciar al mismo.

ARTÍCULO 4°.- Las declaraciones juradas presentadas por las personas usuarias a efectos de inscribirse en el REGISTRO DE MANTENIMIENTO DE SUBSIDIOS de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución conformarán la base de datos de los registros dispuestos por la Resolución SOP N° 183/2022, y estarán disponibles en formato digital en el sitio web https://argentina.gob.ar para asegurar su despliegue seguro, ágil y gratuito, conforme así se establece en la mencionada Resolución SOP Nº 183/2022.

Las declaraciones juradas serán accesibles desde dispositivos móviles, computadores personales, como así también en las oficinas de atención al público de AySA.

El formulario de Declaración Jurada, podrá ser modificado a fin de optimizar la información que se requiere para el mejor funcionamiento del sistema.

Las notificaciones serán válidas en el domicilio electrónico denunciado por los usuarios y usuarias en sus Declaraciones Juradas.

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que en la implementación de los Registros se observe lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 6°.- Autorízase al señor Presidente del Organismo a suscribir convenios, aprobar procedimientos y todo aquello que resulte necesario para llevar a cabo lo dispuesto en la Resolución SOP 183/2022, y en la presente.

ARTÍCULO 7º.- Las tareas inherentes a las encomiendas aceptadas serán oportunamente asignadas a los distintos estamentos de este ENTE REGULADOR por la Presidencia de este Organismo.

ARTÍCULO 8°.- Regístrese, tomen conocimiento las Gerencias y Departamentos, la Defensora del Usuario de este Ente Regulador; comuníquese a la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA, a la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA), a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), a la COMISIÓN ASESORA y a la SINDICATURA DE USUARIOS DEL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”

Firmas: Lic. Walter A. MENDEZ - Presidente.

Ing. Eduardo A. BLANCO - Director.

Aprobada por Acta de Directorio Nº 6/22.

Walter Méndez, Presidente.

e. 24/10/2022 N° 85202/22 v. 24/10/2022

Fecha de publicación 24/10/2022