DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 1885/2022
RESOL-2022-1885-APN-DNV#MOP
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2022
Visto el Expediente N° EX-2022-103938072- -APN-DCHU#DNV del Registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; y
Considerando
Que tramita la declaración del Estado de Emergencia Vial por CIENTO OCHENTA (180) días en la Ruta Nacional N° 3, Tramo: Emp. R.P. Nº 27 – Comodoro Rivadavia, Sección: Acc. a Cerro Chenque (D) (km 1.829,59) – Comodoro Riv. (Ent.) (km 1.830,85) en la Provincia de CHUBUT.
Que por las fuertes precipitaciones ocurridas en la zona durante el 21 de septiembre de 2022, se produjeron deslizamientos sobre la ladera Noreste del Cerro Chenque provocando caída de rocas de considerable tamaño sobre la Ruta Nacional N°3.
Que por la apreciación de una serie de grietas, que denotan fracturas de bloques y el consecuente desprendimiento de los mismos se ha generado una situación de alerta máxima sobre el sector de Ruta Nacional N° 3 que Limita con dicha ladera.
Que se deberán realizar distintas intervenciones para garantizar la seguridad en este sector de la Ruta Nacional N° 3.
Que la GERENCIA EJECUTIVA REGIONAL prestó expresa conformidad a la solicitud de emergencia vial.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO y las Subgerencias que conforman la Coordinación de Mantenimiento, consideran que están dadas las condiciones para declararse la Emergencia Vial en la Ruta Nacional N° 3, Tramo: Empalme Ruta Pcial. Nº 27 – Comodoro Rivadavia, Sección: Acceso a Cerro Chenque (D) (km 1.829,59) – Comodoro Rivadavia (Ent.) (km 1.830,85), en la Provincia de Chubut; por un plazo de 180 días a partir de la firma de la Resolución que declara la emergencia.
Que de acuerdo a lo expuesto precedentemente y conforme a lo manifestado en los informes técnicos de las dependencias competentes, resulta necesario autorizar a la Jefatura del 13° Distrito CHUBUT , a realizar el procedimiento de selección bajo la modalidad de Emergencia previsto por la norma del inc. D.5 del art. 25 del Decreto 1023 del 16 de agosto de 2001, y su Decreto Reglamentario N° 1030 del 16 de septiembre de 2016, con los recaudos que allí se establecen, sea para la contratación de servicios tendientes a realizar estudios los correspondientes, elaboración de proyectos de reparación y reacondicionamiento de la zona afectada, reparación, adquisición y/o alquiler de equipos viales, adquisición de materiales, obras y todo lo que fuera necesario para atender la Emergencia Vial.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 7 inc. d) y 9 inc. g) del Decreto Ley N° 505/58, ratificado por Ley N° 14.467, Ley N° 16.920.-
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE
ARTICULO 1°- Declárase el Estado de Emergencia Vial en Jurisdicción de la provincia del CHUBUT por CIENTO OCHENTA (180) días, como consecuencia de los deslizamientos sobre la Ladera Noreste del Cerro Chenque, provocando caída de rocas de considerable tamaño sobre la Ruta Nacional N° 3 y la apreciación de bloques fracturados sobre la ladera con un consecuente desprendimiento de los mismos.
ARTÍCULO 2°- Autorizase a la Jefatura del 13° Distrito CHUBUT, a iniciar el proceso de selección bajo la modalidad de Emergencia, previsto en el inciso D.5 del artículo 25 del Decreto N° 1023 del 16 de agosto de 2001, y su Decreto Reglamentario N° 1030 del 16 de septiembre de 2016, para entender en las siguientes medidas prioritarias en el marco de la Emergencia Vial:
1. Conservación, mantenimiento y gestión de desvíos de tránsito.
2. Implementación de medidas complementarias de seguridad vial.
3. Ejecución de demoliciones controladas en el Cerro Chenque.
4. Apoyo logístico para traslado de materiales, enseres y equipos para demoliciones y estudios.
5. Auscultación y monitoreo de la superficie del Cerro Chenque para la detección de nuevas fallas y/o bloques inestables.
6. Instalación de sistemas de defensas activos y/o pasivos, para minimizar la caída de materiales sobre la calzada.
7. Ejecución de estudios básicos para la formulación de modelos conceptuales y análisis de estabilidad del faldeo este del Cerro Chenque.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese por intermedio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, la presente Resolución.
ARTICULO 4°.- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica (G.D.E. - C.C.O.O.) a la GERENCIA EJECUTIVA REGIONAL, a la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, a la GERENCIA EJECUTIVA DE PROYECTOS Y OBRAS, al 13° Distrito CHUBUT, y pase a esta última a sus efectos.
ARTICULO 5°- La presente medida empezará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6°- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gustavo Hector Arrieta
e. 12/10/2022 N° 81372/22 v. 12/10/2022
Fecha de publicación 12/10/2022