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23 de Abril de 2024

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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

La SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, informa que, en el marco del “PROGRAMA NACIONAL DE AGREGADO DE VALOR PARA COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES – CoopAR”, creado por Resolución N° 50 de fecha 30 de septiembre de 2022, se encuentra abierta la recepción de solicitudes de inscripción en el Registro de Beneficiarias para el citado Programa (Art.4°, 6° y Anexo III punto 6) desde el día 6 de octubre de 2022 hasta el día 28 de octubre de 2022 inclusive.

CoopAR brinda asistencia financiera mediante Aportes No Reintegrables (ANR) a cooperativas agroindustriales que promuevan una mejora competitiva a través de proyectos de inversión que incluyan fortalecimiento y/o innovación de la gestión, agregado de valor, desarrollo de nuevos productos y eficiencia en los procesos, de las empresas/productores asociados, tendiendo a una mejora en el desempeño integral de la cooperativa.

Podrán solicitar su inscripción las “Cooperativas Agroindustriales” que desarrollen actividades principales o secundarias vinculadas con la producción y comercio agropecuario y agroindustrial (cooperativas agropecuarias, de trabajo, de provisión de servicios, entre otras) que produzcan y/o elaboren productos agropecuarios en la República Argentina y cuyos proyectos de inversión impliquen un impacto económico y/o tecnológico y/o social, y que demuestren solvencia técnica para mantener, mejorar y/o aumentar la producción y/o elaboración de alimentos y bebidas con valor agregado y calidad.

Los recursos de este Programa serán aportados en la forma que seguidamente se detalla:

1. Para “Beneficiarias” cuyos proyectos fueran de hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000) que incluyan mejoras en infraestructura, obras menores, adquisición de instalaciones y maquinaria para modernizar la línea de producción, insumos necesarios para modernización de procesos productivos y/o adquisición o adopción de tecnologías digitales para modernizar procesos y/o sistemas industriales y comerciales, así como el control de los mismos, el aporte no reembolsable será del CIEN POR CIENTO (100%) y hasta la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($35.000.000).

2. Para “Beneficiarias” cuyos proyectos de inversión incluyan los rubros mencionados en el punto 1 y el monto supere la suma de pesos CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000), el aporte será de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total de la inversión solicitada, que en ningún caso podrá superar los CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000). –

La Autoridad de Aplicación tramitará las solicitudes de acuerdo con el día de presentación, en el orden en que vayan quedando en condiciones de ser inscriptas en el Registro de Beneficiarias y en función de la disponibilidad presupuestaria.

La solicitud de inscripción deberá realizarse mediante la plataforma de trámite a distancia (TAD).

+información en: https://www.argentina.gob.ar/agricultura/alimentos-y-bioeconomia/coopar

Emanuel Alejandro Ferloni, Titular, Dirección de Gestión Documental.

e. 06/10/2022 N° 80783/22 v. 06/10/2022

Fecha de publicación 06/10/2022