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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA GENERAL

Resolución 685/2022

RESOL-2022-685-APN-SGP

Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2022

VISTO el EX-2021-91682281- -APN-CGD#SGP, las Leyes Nros. 27.591 y 25.164, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 822 de fecha 23 de diciembre de 2021, las Decisiones Administrativas Nros. 609 de fecha 1º de agosto de 2014, 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, 4 de fecha 5 de enero de 2022 y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, la Resolución Nº 637 de fecha 4 de diciembre de 2014 y las Resoluciones de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nros. 353 de fecha 16 de julio de 2015, 413 de fecha 27 de julio de 2015, 975 de fecha 3 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882 de fecha 23 de diciembre de 2021 se prorrogó la vigencia de la Ley N° 27.591, para el Ejercicio 2022, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022, en virtud de lo previsto en el artículo 27º de la Ley Nº 24.156.

Que la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, dispone que el régimen de estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 609 de fecha 1º de agosto de 2014 se autorizó la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL (7500) cargos vacantes y financiados.

Que conforme la Resolución N° 637 de fecha 4 de diciembre de 2014, de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se asignaron 49 cargos vacantes financiados de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa citada precedentemente.

Que mediante la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que la Resolución Nº 353 de fecha 16 de julio de 2015, designo a los integrantes de los Comités de Selección.

Que conforme la Resolución de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nº 413 de fecha 27 de julio de 2015, se aprobaron las Bases del Concurso para la cobertura de TREINTA Y NUEVE (39) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente y se llamó a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria General, Convocatoria Extraordinaria Abierta y Convocatoria Abierta Reservada, para la cobertura de los mismos.

Que los postulantes han sido evaluados por el Órgano de Selección competente, el que elaboró y elevó los órdenes de mérito al SECRETARIO GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN luego de haber finalizado la totalidad de las etapas del proceso de selección.

Que, asimismo, por la Resolución de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 975 de fecha 3 de diciembre de 2015, se aprobaron los Ordenes de Mérito para la cobertura de los cargos vacantes y financiados, convocados mediante la Resolución de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 413 de fecha 2 de julio de 2015.

Que conforme el ACTA Nº 12 del Comité de Selección Nº 1, se efectuó la recomendación correspondiente para asignar 1 Grado, conforme al artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado mediante Decreto Nº 2098/2008.

Que por el artículo 128 del Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se establece que al postulante que durante al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios previos a su inscripción en un proceso de selección se desempeñara como personal no permanente - ya sea como personal incorporado a Plantas Transitorias con designación a término, personal con designaciones transitorias vigentes, o personal contratado bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley 25.164 y sus normas reglamentarias- y se encontraba prestando servicios equivalentes equiparados al mismo nivel o inmediato inferior, como superiores equiparados a un nivel inmediato superior al del cargo concursado: UN (1) grado escalafonario por cada TREINTA y SEIS (36) meses de experiencia laboral en tareas análogas o equivalentes, con más la aplicación de lo resultante en el inciso c) del artículo 31 del presente si el órgano selector lo propone, de verificarse el supuesto respectivo.

Que conforme el artículo 129 del Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se establece que el postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. Asimismo, establece que el interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios conforme a lo dispuesto en citado Artículo.

Que el postulante Jorge Luis CUELLO (M.I. Nº 17.457.509) ha presentado la documentación correspondiente para dar continuidad a su designación en la planta permanente de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el artículo 3° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente, como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y los Secretarios de Gobierno.

Que corresponde entonces, dictar el acto administrativo que designe al Señor CUELLO en la Planta Permanente de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en virtud de haber obtenido su cargo mediante el instrumento de Concurso, conforme al orden de mérito establecido en la Resolución Nº 975 de fecha 3 de diciembre de 2015.

Que la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha certificado la existencia de crédito presupuestario.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Designase a partir del dictado de la presente, en la Planta Permanente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al señor Jorge Luis CUELLO (M.I. Nº 17.457.509) en UN (1) cargo del Agrupamiento General, Nivel E, Tramo General, Grado 7 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) correspondiente al cargo Mozo, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Fernando Vitobello

e. 30/09/2022 N° 78513/22 v. 30/09/2022

Fecha de publicación 30/09/2022