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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1858/2022

RESOL-2022-1858-APN-ENACOM#JGM FECHA 27/09/2022 ACTA 81

EX-2022-96454664-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el “PROYECTO CHACO CONECTADO” que como ANEXO I (IF-2022-102171866-APN-DNFYD#ENACOM del GEDO) forma parte integrante de la presente. 2.- Destinar a los fines de la ejecución del PROYECTO aprobado en el Artículo 1º la suma de hasta PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000.-) del FONDO FIDUCIARIO DEL SERVICIO UNIVERSAL. 3.- Convocar por el plazo de 15 días corridos, a contar desde la publicación de la presente en el BORA, para la presentación de proyectos DESTINADOS AL DESPLIEGUE DE RED Y PRESTACIÓN DE SERVICIO FIJO DE ACCESO A INTERNET, contemplados en el PROYECTO CHACO CONECTADO, aprobado en el Artículo 1° de la presente, al amparo del PROGRAMA DE ACCESO A SERVICIOS TIC A POBLACIONES DE ZONAS ADVERSAS Y DESATENDIDAS PARA EL DESPLIEGUE DE REDES, aprobado por Resolución ENACOM Nº 727/2020, prorrogada por Resolución ENACOM Nº 1.507/2022, ratificada por su similar Nº 1.662/2022. 4.- La convocatoria dispuesta en el Artículo 3°, deberá publicarse en 2 diarios de circulación con alcance nacional, por el plazo de 3 días corridos. 5.- Aprobar, como ANEXO II (IF-2022-99578069-APN-DNFYD#ENACOM del GEDO) que integra la presente, el Pliego de Bases y Condiciones que regirá la admisibilidad y selección de los proyectos a presentarse en el marco de la convocatoria dispuesta por el Artículo 3° de este acto. 6.- Aprobar, el MODELO DE CONVENIO a celebrar entre el ENACOM y quien resulte ADJUDICATARIO en la Convocatoria dispuesta en el Artículo 3° de la presente, para la Adjudicación de Aportes no Reembolsables DESTINADOS AL DESPLIEGUE DE RED Y PRESTACIÓN DE SERVICIO FIJO DE ACCESO A INTERNET, “PROYECTO CHACO CONECTADO”, que como ANEXO III (IF-2022-102171561-APN-DNFYD#ENACOM, del GEDO), forma parte integrante de la presente medida. 7.- Establecer que el ENACOM, por sí, a través de las Direcciones competentes, o, mediante la contratación del servicio de auditoría brindado por la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL, realizará una auditoría de control integral sobre el cumplimiento de los objetivos comprometidos en el PROYECTO aprobado en el Artículo 1° de la presente. 8.- Destinar, a los fines del cumplimiento de la contratación prevista en el Artículo precedente, hasta el 1% de la suma determinada en el Artículo 2º de la presente. 9.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/09/2022 N° 78141/22 v. 29/09/2022

Fecha de publicación 29/09/2022