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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1545/2022

RESOL-2022-1545-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-51963052- -APN-SRHYO#SSS, los Decretos N° 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021, 882 del 23 de diciembre de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022, las Resoluciones N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y N° 767 del 16 de mayo de 2022 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que mediante el Decreto N° 415/21 y su modificatorio N° 103/22, se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) suscripta el 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que por la cláusula tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologada por Decreto N° 103/2022 se ha dispuesto sustituir la redacción de la cláusula tercera del acta acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021 homologada por el Decreto N° 415/21 por la siguiente “Por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el presente convenio colectivo de trabajo sectorial que reuniera los requisitos para el acceso a un Nivel Escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención, conforme al régimen de valoración para la promoción por evaluación y mérito que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C. El Estado Empleador podrá disponer el cambio de Nivel Escalafonario, mediante la conversión del cargo siempre que se contará con los respectivos créditos presupuestarios en cada jurisdicción u organismos descentralizados, según corresponda. En todos los casos, se valorará especialmente a quiénes hayan accedido a los Tramos más elevados...”.

Que, elaborada la propuesta de reglamentación en los términos del acta citada, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC), la que fue aprobada por Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 53/2022.

Que a través del artículo 2° de la Resolución N° 53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que la unidad a cargo de las acciones de personal de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, mediante número de documento GDE NO-2022-35002516-APN-SRHYO#SSS.

Que mediante la Resolución N° 767/22 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (RESOL-2022-767-APN-SSS#MS) se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/2008, se designó a los integrantes del Comité de Valoración, y se designó a la Secretaria Técnica Administrativa.

Que la agente FRAGUGLIA Luciana, CUIL N° 27-26095589-1 de la planta permanente de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, quien revista actualmente en el Nivel C, Agrupamiento Profesional, Grado 5, Tramo General del Sistema Nacional de Empleo Público, se postuló de conformidad con el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para ascender al Nivel A del Agrupamiento Profesional del colectivo laboral citado en los considerandos precedentes.

Que en oportunidad de suscribir el formulario de certificación de cumplimiento de requisitos e identificación del puesto -FCCRH- la unidad a cargo de las acciones de personal considera que, en caso de aprobarse la promoción vertical, el trabajador debe ser designado en el puesto de Referente de Gestión de Personal del Nomenclador de Puestos y Funciones del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que mediante el Acta Nº 1 de fecha 19 de agosto de 2022 (IF-2022-86431423-APN-SRHYO#SSS) el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito de este organismo se ha expedido favorablemente respecto del cumplimiento de los requisitos del nivel y agrupamiento al que postulara la profesional nombrada en el séptimo considerando de la presente medida.

Que de conformidad con las previsiones del artículo 31, incisos b) y C) del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto 2098/2008, la unidad a cargo de las acciones de personal ha determinado que corresponde se asigne a la trabajadora Grado 5 y Tramo General.

Que mediante Resolución Nº 939/22 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD – se asignó transitoriamente a partir del 23 de noviembre de 2021, a la Licenciada en Sociología, Luciana FRAGUGLIA, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización dependiente de la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva IV del Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del mencionado Convenio Colectivo Laboral

Que como como consecuencia del cambio de la situación de revista de la funcionaria mencionada en el considerando anterior, corresponde ratificar la asignación de funciones, aplicando lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la Resolución N° 939/22 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que el titular del Servicio Administrativo Financiero ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el ejercicio presupuestario en curso para efectivizar la medida.

Que el servicio jurídico permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, en la Resolución N° 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) y el Decreto Nº 307 de fecha 7 de mayo de 2021.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Apruébese lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por Resolución N° 767 del 16 de mayo de 2022 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (RESOL-2022-767-APN-SSS#MS) respecto de la postulación de la Licenciada en Sociología, Luciana FRAGUGLIA (CUIL N° 27-26095589-1), quien reviste actualmente en la planta permanente de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en un cargo de Nivel C, Agrupamiento Profesional, Grado 5, Tramo General del Sistema Nacional de Empleo Público.

ARTÍCULO 2°. – Promociónase a partir del primer día del mes siguiente al dictado de la presente medida, a la Lic. Luciana FRAGUGLIA (CUIL N° 27-26095589-1) en un cargo de planta permanente, Nivel A Grado 5, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios y complementarios, asignándosele un puesto de Referente de Gestión de Personal en la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización.

ARTÍCULO 3°. – Ratifícase la asignación de funciones a la Licenciada en Sociología, Luciana FRAGUGLIA (CUIL N° 27-26095589-1), correspondiente al cargo de Coordinadora de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización dependiente de la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° de la presente medida, y de conformidad a lo establecido en los artículos 2° y 3° de la Resolución N° 939/22 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, autorizando el pago del suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del convenio colectivo laboral mencionado en el artículo precedente.

ARTÍCULO 4°. – El gasto que demande el cumplimiento de la medida por el artículo segundo de la presente resolución, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD, Entidad 914 – SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ARTÍCULO 5°. – Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Alejandro Lopez

e. 29/09/2022 N° 78240/22 v. 29/09/2022

Fecha de publicación 29/09/2022