SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Sintetizada 579/2022
EX-2022-89151044- -APN-DGTYA#SENASA - RESOLUCIÓN N° RESOL-2022-579-APN-PRES#SENASA DE FECHA 17 DE SEPTIEMBRE DE 2022
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 16 de junio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora de Centro Regional Patagonia Sur de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Marina ANDREU (M.I. N° 24.529.231), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021-73-APN-MAGYP del 13 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada por la Resolución Nº RESOL-2021-631-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 12, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE ANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FIRMA: Diana María GUILLEN - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Brenda Martínez Almudevar, Coordinadora, Dirección General Técnica y Administrativa.
e. 21/09/2022 N° 74858/22 v. 21/09/2022
Fecha de publicación 21/09/2022