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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 165/2022

RESOL-2022-165-APN-INAI#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2022

VISTO el EX-2022-69776659 - APN - INAI#MJ, las Resoluciones INAI Nº 624/08, Nº 737/14, RESOL-2021-167-APN-INAI#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución INAI Nº 624/08, se establece el Consejo de Participación Indígena (CPI) en la órbita de este Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), con el objeto de garantizar a los Pueblos Indígenas su participación y consulta en las políticas públicas y demás intereses que los afecten.

Que por Resolución INAI Nº 737/14, se aprobó la normativa unificada para el Reglamento de Funcionamiento del CPI del INAI y se determinó que el mandato de sus representantes es por el término de TRES (3) años.

Que mediante la RESOL-2021-167-APN-INAI#MJ se concedió una prórroga a los mandatos vencidos de los representantes indígenas hasta el 30 de junio del año 2022, salvo que dentro de dicho período se realice la Asamblea Comunitaria de elección de Representantes correspondiente.

Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas ha realizado la asamblea eleccionaria para elegir los nuevos representantes al Consejo de Participación Indígenas del pueblo LULE VILELA, de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

Que fueron elegidos representantes del pueblo LULE VILELA de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO para integrar el Consejo de Participación Indígena, las siguientes personas: el Sr. SERGIO NICOLAS CUELLAR (D.N.I.: 17.401.344), el Sr. JOSE CUELLAR (D.N.I.: 22.442.291) y la Sra. SILVANA DEL CARMEN SANTILLAN (D.N.I.: 38.112.967).

Que, por lo tanto, es necesario realizar el acto administrativo que reconozca formalmente la incorporación de los nuevos representantes.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INAI ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente de conformidad con las facultades emergentes de la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Reconózcase como representantes del pueblo LULE VILELA de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO para integrar el Consejo de Participación Indígena a las siguientes personas: el Sr. SERGIO NICOLAS CUELLAR (D.N.I.: 17.401.344), el Sr. JOSE CUELLAR (D.N.I.: 22.442.291) y la Sra. SILVANA DEL CARMEN SANTILLAN (D.N.I.: 38.112.967).

ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo establecido en el artículo 1º, dese por finalizado el mandato de la siguiente persona: Sr. RAMON ERIBERTO MALDONADO (D.N.I.: 32.115.442) como representante del pueblo LULE VILELA de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO como integrante del Consejo de Participación Indígena del INAI.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Alberto Pilquiman

e. 15/09/2022 N° 71145/22 v. 15/09/2022

Fecha de publicación 15/09/2022