FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL
Decreto 601/2022
DCTO-2022-601-APN-PTE - Dase por prorrogada designación.
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-90166315-APN-DGDYL#MI, la Ley N° 24.855 y su modificatoria, su Decreto Reglamentario N° 924 del 11 de septiembre de 1997 y sus modificatorios y el Decreto N° 730 del 4 de septiembre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 3° de la Ley N° 24.855 se creó el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, que tiene por objeto asistir a las Provincias y al Estado Nacional en la financiación de obras de infraestructura económica y social.
Que el artículo 5° de la citada ley del mencionado Fondo establece que la administración será ejercida por un Consejo de Administración compuesto por SIETE (7) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en virtud de la continuidad institucional del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL dentro de la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, corresponde al o a la Titular de dicha Cartera proponer las designaciones del Presidente o de la Presidenta y de los miembros del Consejo de Administración.
Que por conducto del Decreto N° 730/20 fue oportunamente designada, a propuesta del MINISTERIO DEL INTERIOR, la señora Patricia Susana FADEL para integrar el Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL por un período de DOS (2) años.
Que resulta necesario prorrogar la referida designación por un período de DOS (2) años, a partir de su vencimiento.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 24.855.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del 4 de septiembre de 2022 y por un período de DOS (2) años, la designación de la señora Patricia Susana FADEL (D.N.I. N° 13.429.240) para integrar el Consejo de Administración del FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Eduardo Enrique de Pedro
e. 15/09/2022 N° 73400/22 v. 15/09/2022
Fecha de publicación 15/09/2022