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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1431/2022

RESOL-2022-1431-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-39270629- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, las Resoluciones N° 912 de fecha 22 de julio de 2021 y N° 853 de fecha 8 de junio de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, la Resolución N° 55 de fecha 12 de julio de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. N° 853/22 (RESOL-2022-853-APN-MC) se aprobó la Segunda Convocatoria Nacional del Programa “GESTIONAR FUTURO” y su Reglamento de Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-45178539-APN-DIP#MC) forma parte integrante de la citada medida.

Que el mencionado Programa tiene como objeto brindar apoyo económico para proyectos que promuevan la reactivación productiva y fortalezcan el entramado cultural de todo el país, estimular el diseño y la aplicación de los proyectos culturales comunitarios y autogestivos; ayudando al desarrollo y reconocimiento de los gestores culturales como nexos o vehículos de las políticas públicas.

Que, en virtud del interés suscitado y el volumen de inscripciones recibidas, por intermedio de la Resolución S.G.C. N° 55 (RESOL-2022-55-APN-SGC#MC), se resolvió prorrogar la inscripción a la Segunda Convocatoria Nacional del Programa “GESTIONAR FUTURO”, extendiendo su plazo hasta el día 25 de julio de 2022.

Que, por esa razón, considerando el amplio nivel de participación, la cantidad de destinatarios que han expresado su interés en el Programa, se hace necesario redoblar el esfuerzo para contener la referida demanda, garantizando la amplitud, la diversidad y el carácter federal de la convocatoria.

Que en esa línea se ha resuelto ampliar el presupuesto total otorgado a la Segunda Convocatoria Nacional del Programa “GESTIONAR FUTURO” mediante el artículo 3° de la Resolución M.C. N° 853/22, originalmente previsto en PESOS CIEN MILLONES ($100.000.000.-), incrementándolos a PESOS CIENTO TREINTA MILLONES ($130.000.000.-).

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, conforme la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, prorrogado por Decreto N° 882/21 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4/22 (DECAD2022-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 3° de la Resolución M.C. N° 853/22 (RESOL-2022-853-APN-MC), por la se aprobó la Segunda Convocatoria Nacional del Programa “GESTIONAR FUTURO” y su Reglamento de Bases y Condiciones, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 3°.- Destinar la suma de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES ($130.000.000.-) para atender los gastos derivados de la convocatoria aprobada por el artículo 1° de la presente medida.”

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA 16.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

e. 30/08/2022 N° 67440/22 v. 30/08/2022

Fecha de publicación 30/08/2022