SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Sintetizada 531/2022
EX-2022-78872414- -APN-DGTYA#SENASA - RESOLUCIÓN N° RESOL-2022-531-APN-PRES#SENASA DE FECHA 25 DE AGOSTO DE 2022
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, desde el 2 de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Gustavo Elías DADDA (D.N.I. N° 28.614.348) como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional NOA Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-786-APN-JGM del 6 de agosto de 2021, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, desde el 2 de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Luis Alberto NÚÑEZ (D.N.I. N° 17.614.228) como Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional NOA Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del citado Servicio Nacional, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-788-APN-JGM del 6 de agosto de 2021, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el aludido Decreto Nº 40/07, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FIRMA: Diana María GUILLEN - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Brenda Martínez Almudevar, Coordinadora, Dirección General Técnica y Administrativa.
e. 29/08/2022 N° 67282/22 v. 29/08/2022
Fecha de publicación 29/08/2022