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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 447/2022

RESOL-2022-447-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° 43281012/21 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 273/19, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 273/19, de fecha 24 de julio de 2019, se otorgó a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) la Renovación de la Licencia de Construcción para la Instalación Clase I denominada “LABORATORIO DE DESARROLLOS DE TECNOLOGÍA DE ACELERADORES (LDA)”, cuyo vencimiento fue el 24 de julio de 2022.

Que mediante Nota N° 22074365/22 de la GERENCIA DE ÁREA SEGURIDAD NUCLEAR Y AMBIENTE, de fecha 9 de marzo de 2022, la CNEA solicitó a esta ARN el otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Construcción de la Instalación “LABORATORIO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE ACELERADORES DE IONES (LDA)”, ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.

Que mediante Nota N° 76132802/22 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, de fecha 25 de julio de 2022, se otorgó a la Instalación “LABORATORIO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE ACELERADORES DE IONES” una extensión de la Licencia de Construcción por un plazo de 30 días.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.

Que, conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS – SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de la ARN, la CNEA no registra deuda en concepto de Tasa Regulatoria vinculada a la Instalación “LABORATORIO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE ACELERADORES DE IONES (LDA)”.

Que la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomiendan dar curso favorable al otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Construcción de la Instalación Clase I denominada “LABORATORIO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE ACELERADORES DE IONES (LDA)”, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 24 de agosto de 2022 (Acta N° 34),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, por TRES (3) años, la Renovación de la Licencia de Construcción solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) para la Instalación Clase I “LABORATORIO DE DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE ACELERADORES DE IONES (LDA)”, ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en su carácter de Entidad Responsable. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

e. 29/08/2022 N° 67128/22 v. 29/08/2022

Fecha de publicación 29/08/2022