Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1419/2022

RESOL-2022-1419-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-76787009- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN Y LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº CONVE-2022-75301991-APN-MC de fecha 21 de julio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE CULTURA, entre otras acciones, las de “Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación (…) Promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país (…) mediante la formulación y celebración de convenios nacionales (…) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes (…) Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos” y “Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural”.

Que a su vez, entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL de la citada Cartera, por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, se encuentran los de “Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes” y “Proponer y gestionar estrategias para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar su instrumentación, contribuyendo a la promoción de la cultura y la formación ciudadana”.

Que, en tal aspecto, el 21 de julio de 2022 el MINISTERIO DE CULTURA y la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, celebraron el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN Nº CONVE-2022-75301991-APN-MC, en virtud del cual ambas partes acordaron llevar a cabo actividades de colaboración, cooperación, complementación e intercambio, que abarcarán preferentemente estudios, proyectos de investigación y tareas de asistencia en temas de interés común.

Que en línea con tales objetivos, se estima adecuado instituir UN (1) Programa de Residencias Artísticas en Parques Nacionales, el cual tendrá por objetivo la promoción de experiencias interdisciplinarias entre artistas y profesionales de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, así como también la difusión de los reservorios naturales que conforman dichos ámbitos.

Que el referido Programa funcionará como una plataforma de producción e investigación artística, actuando como nexo entre las diferentes prácticas artísticas y la naturaleza de nuestro país, en sus áreas protegidas.

Que este modo de residencia fomentará la creación de nuevos proyectos artísticos vinculados a la experiencia en el territorio y en un ambiente de intercambio entre pares, actores culturales, educadores, divulgadores y profesionales de la conservación del medio ambiente.

Que mediante el PROGRAMA DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES se otorgarán DOCE (12) becas a los/las/les participantes seleccionados/as/es, que consisten en su traslado sin cargo desde los lugares de residencia hasta los Parques Nacionales EL PALMAR, Provincia de ENTRE RÍOS y LOS ALERCES, Provincia del CHUBUT y el alojamiento sin cargo, con pensión completa durante toda la estancia, así como los traslados complementarios necesarios para la realización de las actividades que conforman el proyecto.

Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, mediante Nota Nº NO-2022-81143694-APN-DPE#APNAC, ha prestado conformidad a las Bases y Condiciones para el PROGRAMA DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES que se propone.

Que, entonces, resulta procedente aprobar el citado Programa y las bases y condiciones aplicables a él.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y por el artículo 1, inciso g) del Decreto Nº 101/85.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la realización del PROGRAMA DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES, de conformidad con las Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-77234590-APN-DNGP#MC) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL, dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación de las bases y condiciones aprobadas en el Artículo 1º y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/08/2022 N° 66764/22 v. 26/08/2022

Fecha de publicación 26/08/2022