Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS S.E.

Resolución 131/2022

RESOL-2022-131-APN-AGP#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2022

VISTO el Expediente Nro. EX-2022-74287951-APN-MEG#AGP, del Registro de esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución AGPSE Nro. 19 de fecha 13 de marzo de 2012, se fijó el monto por el cual se determina qué otorgamiento de Permiso de Uso corresponde someter a consideración y tratamiento en Reunión de Intervención, el cual fuera establecido en PESOS ARGENTINOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-).

Que, mediante Informe N° IF-2022-75287296-APN-GC#AGP la Gerencia Comercial informó que oportunamente, y en virtud de lo solicitado por la Autoridad de esta Administración del Estado, mediante la Nota N° NO-2022-66603983-APN-GC#AGP, realizó un análisis con el fin de actualizar el monto fijado en la precitada Resolución, el cual se detalla a continuación en sus puntos más relevantes:

-”…Se entiende pertinente establecer dicho monto en Dólares Estadounidenses por ser dicha divisa en la que se encuentran fijadas las tarifas aplicables a los Permisos de Uso.

- La cotización del Dólar Billete para la Venta en el Banco de la Nación Argentina el día 13 de marzo de 2012 era de Pesos Argentinos cuatro con treinta y seis ($ 4,36.-), es decir, el monto fijado por la Resolución AGPSE Nro. 19/2012 expresado en dicha divisa sería equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y SIETE (USD 344.037.-).

- Ahora bien, a fin de actualizar dicho monto en la divisa extranjera, se entiende pertinente ajustar por la inflación sufrida desde la fecha de la Resolución nombrada hasta la actualidad, la cual rondaría alrededor del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) conforme la información publicada por U.S. Bureau of Labor Statistics, resultando el monto actualizado en aproximadamente DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL (USD 440.000.-).

- Por último, cabe resaltar que al momento de establecerse el monto fijado por la Resolución AGPSE Nro. 19/2012, se encontraban vigentes, por Resolución AGPSE Nro. 38/2009, las tarifas aplicables a los Permisos de Uso, las cuales posteriormente fueron actualizadas por Resolución AGPSE Nro. 69/2016, incrementándose las mismas en un promedio cercano al DOSCIENTOS CUARENTA POR CIENTO (240%), el cual se entiende también debería aplicarse para actualizar el monto en trato con el fin de no someter a Reunión de Intervención otorgamientos que por el espíritu de la norma aplicable no deberían tratarse en virtud de su relevancia. En ese sentido, el monto a fijarse se entiende pertinente actualizarlo a DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN (USD 1.000.000.-).

- En función del monto resultante para elevar los otorgamientos de Permisos de Uso que deberían someterse a Reunión de Intervención y tomando como base de análisis los Permisos de Uso actualmente vigentes, se concluye que se encontrarían dentro de ese tratamiento aproximadamente el 20% de los permisionarios, los cuales representan cerca del 80% de los ingresos por Permisos de Uso de esta Administración…”

Que, asimismo, la mencionada GERENCIA COMERCIAL amplía el Informe referenciado en el considerando precedente a través del Informe N° IF-2022-83789572-APN-GC#AGP, donde en línea con lo ya expuesto, detalla cuáles son los permisos que seguirían sometiéndose al ámbito de la Reunión de Intervención, los que representan en OCHENTA POR CIENTO (80%) de los ingresos de esta ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO en materia de uso de sueles de carácter precario.

Que, teniendo en cuenta los supuestos económicos citados precedentemente, esta Sociedad del Estado entiende pertinente actualizar el monto mencionado en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN (USD 1.000.000.-).

Que han tomado la intervención de sus competencias la GERENCIA COMERCIAL, GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

Que los presentes actuados han sido sometidos a tratamiento y aprobación en Reunión de Intervención de fecha 11 de agosto de 2022.

Que la presente medida se adopta en ejercicio de las atribuciones establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nro. 23.696, del Estatuto Orgánico de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO aprobado por el Decreto Nro. 1456/1987, y el Decreto Nro. 501/2020.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase la actualización del monto fijado en la Resolución AGPSE Nro. 19/2012 por el cual se determina qué otorgamiento de Permiso de Uso corresponde someter a consideración y tratamiento en Reunión de Intervención en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN (USD 1.000.000.-) en un plazo de 5 años o su proporcional.

ARTICULO 2º.- Por la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA dependiente de la GERENCIA GENERAL, comuníquese a todas las dependencias de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO y remítase para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. Oportunamente, remítase a la guarda temporal.

José Carlos Mario Beni

e. 25/08/2022 N° 65977/22 v. 25/08/2022

Fecha de publicación 25/08/2022