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Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 808/2022

DECAD-2022-808-APN-JGM - Transfiérese agente.

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-22915490-APN-DGRRHH#MSG, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia de la planta permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN de la agente Olga Graciela JAIMEN, quien revista en UN (1) cargo Nivel C, Grado 1, Tramo General, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, al MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente transferencia se funda en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la señora JAIMEN, quien ha prestado conformidad a la presente transferencia.

Que los servicios jurídicos de las jurisdicciones involucradas han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese, a partir del dictado de la presente medida, de la planta permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a la agente Olga Graciela JAIMEN (D.N.I. N° 25.692.634), quien revista en UN (1) cargo Nivel C, Grado 1, Tramo General, Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.

ARTÍCULO 2°.- La agente transferida por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel, Grado, Tramo y Agrupamiento de revista alcanzados en su carrera administrativa.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la presente medida se atenderá con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Aníbal Domingo Fernández - Jaime Perczyk

e. 18/08/2022 N° 63777/22 v. 18/08/2022

Fecha de publicación 18/08/2022